Buenos dias,
Despues de algo más de un año como inquilina he dejado el piso por motivos personales. He tenido buen trato cn el administrador de la finca, q es con quien he firmado tanto el contrato en su dia como la rescision.
Mi duda es q en la rescision de contrato solo yo firme y no me dieron copia de nada, y no se si sera valido o si en el futuro me pueden decir q he seguido en la vivienda cuando ya me he marchado.
El papel q firme es este https://ibb.co/kqhmgn
Es correcto?
Para que el documento produzca efectos entre las partes debe estar firmado por las mismas o personas que las representen legalmente. Por lo tanto, le sugiero que se ponga en contacto con la otra parte para que ambas firmen el mismo documento y usted se quede con uno de los originales.
Ya entiendo, entonces ese papel me lo tiene q firmar tambien e arrendador o su representante.
Y la manera en q esta escrito es correcto? Porque solo habla de mi.
Buenos dias,
Le he pedido al administrador q me envie el documento tambien firmado por su parte pero me ha contestado esto:
“comentarle que la rescisión del Contrato solo la firma la parte Arrendataria, que es la persona que lo rescinde y dicho documento es el que pide la Cámara de la Propiedad para que el Incasòl pueda devolver la fianza”
Dada la actitud del administrador tiene dos opciones:
1º) Solicitárselo por burofax con acuse de recibo y certificación de texto.
2º) Solicitar al administrador una copia de ese documento(aunque esté sólo firmado por usted) y un recibí o similar en el que conste que una copia de ese documento está en poder del administrador. De esta forma al menos podrá acreditar que la rescisión era conocida por el administrador.
Por cierto, el administrador y el arrendador son la
Misma persona, por lo menos en el contrato de alquiler pone q actua como arrendador, esto cambia algo?
Yo disiento de la opinión de Jan en el sentido de que en principio todo es correcto, otra cosa es que sea recomendable o "perfecto", pero no hay nada mal.
La resolución del contrato es unilateral, es decir, la inquilina se va porque ella quiere, no porque haya llegado a un acuerdo con la propiedad. Por tanto el escrito de resolución sólo lo firma la inquilina, ella sola y nada más.
¿Problemas? En realidad ninguno. Lo desesable sería que la arrendadora le firmara un recibí de ese escrito, pero tampoco pasa nada si no se lo entrega. No puede haber ningún problema porque si la casera quiere alegar que ud. se fue el día en que se marchó lo único que puede aportar es el papel que ud. firmó y con la fecha que ud. pusiera en ese escrito, y por lo tanto esa fecha es la única que podrá alegar la casera. No veo el problema por ninguna parte.
Buenos dias leonjbr y muchas gracias por su respuesta.
Mi miedo es q al no tener yo una prueba de la rescisión de contrato y entrega de llaves, y al ser el contrato de 3 años (cumplido unicamente algo más de 1 año) que dentro de unos meses o cuando finalizara ese contrato me llegue alguna reclamación como que no he cumplido y no he pagado los alquileres correspondientes. Podria pasar eso?
Muchas gracias por la respuesta.
No va a pasar eso, es más, si pasa es que el casero va a perder y la razón es la siguiente: si el casero quiere reclamar algo, va a tener que presentar una prueba de que ud. resolvió el contrato de alquiler. Tendrá que buscar una prueba escrita, porque si lo dice sólo de palabra no va a ganar el pleito, ya que bastaría con que ud., dijera lo contrario.
Claro: el único papel que tiene es el que ud. firmó y en él ud. habrá puesto la fecha en la que se marchó, Siendo así no va a tener problemas, porque la única prueba que puede aportar el casero dice justamente que ud. lo hizo todo bien, con lo cual no va a demandar.
No sé si me he explicado.
El problema es justamente ese, que yo no tengo ningún papel. El dia que fui a firmar la rescisión sólo se firmo por mi parte un papel, después ese papel me lo mando por email escaneado el arrendador pq se lo pedí, pero ya esta. Me da miedo q ese papel no sea nada y no se haya rescindido el contrato.
No sé si me ha entendido, pero lo que le estoy diciendo una y otra vez es que no hay problema.
El contrato se ha rescindido y ud. no tiene que temer nada porque la unica prueba que puede aportar el casero va justamente en esa misma dirección. Su papel es la unica prueba ¿y que mas prueba quiere? En el momento en el que el casero quisiera aportarla a un eventual juicio, resultaría que se le vendria en contra al propio casero con lo cual insisto en que no tiene nada que temer.
El problema lo veo si no rescinde nada y despues dice q yo nunca rescindi el contrato, en la firma de rescision solo estabamos nosotros dos, cómo sé q realmente se ha rescindido el contrato?
Vamos a ver, veo que no me entiende:
1.- el contrato está rescindido porque la rescisión es unilateral. Es ud. quien quiere resolver el contrato. Ud. sola. No es una resolución de mutuo acuerdo, y por eso no lo firma el casero.
Si es verdad que el casero debería haber acusado el recibo de dicha rescisión, pero la gente es muy poco formal y procura no firmar nada, pero le reitero que no tiene por qué.
2.- Insisto una vez más que no va a tener ningún problema porque su duda es, por así decirlo, filosófica, no jurídica. Su pregunta es ¿como sé que realmente se ha rescindido el contrato? La pregunta está mal formulada, es decir, que ud., ya sabe que se ha rescindido porque es ud. misma quien lo ha rescindido porque (vuelvo a repetirle) la rescisión es unilateral, no bilateral. La pregunta es más bien ¿si no tengo un recibó de la rescisión podría tener algún problema, porque no puedo aportar ningún documento mediante el que demostrar la rescisión? La respuesta es que no porque el casero tendría que interponer una demanda y la única prueba sería el documento que ud. ha firmado, y ese documento lo único que dice es que ud. rescindió el contrato en tal fecha, es decir, sólo dice la verdad, y eso no puede perjudicarle.
No sé si me explico.
Sí que se explica, y le agradezco mucho su intervención.
Ahora le pongo yo un ejemplo, imaginemos q dentro de 1 año el casero/administrador (son la misma pesona) me reclama 1 año de alquiler de deuda, y yo le digo q se rescindio el contrato pero el me dice q no. Es ese el caso q me preocupa.
Precisamente ante tal posibilidad (reclamación por impago de rentas) es por lo que le aconsejé que, al menos, usted tuviera constancia documental de que la rescisión había sido comunicada o recibida por el administrador.
Entiendo, pero me temo que estamos perdiendo el foco. Vamos a ver: vaya por delante que lo deseable es que las partes lo hagan todo por escrito y que lo firmen todo, y ya que estamos, que sean muy buenos, que se porten muy bien, que esto sea como el lago de los cisnes, y que todo sea muy “botito”. Pero la experiencia me demuestra que casi nunca es así. Las partes actúan siempre que pueden de palabra para luego poder decir que no habían dicho lo que habían dicho sino que querían decir otra cosa.
VUELVO A REITERARME EN QUE NO HAY PROBLEMA.
Firmar un papel es deseable pero no es una garantía irrefutable de nada, porque puestos a ponernos podría ocurrir que el casero firme el dichoso papel de la rescisión, pero luego diga que la inquilina es muy mala y que en realidad sigue viviendo en la vivienda, que no se ha ido, que sigue habiendo consumos de agua y de luz (que el casero puede simular perfectamente) y que por lo tanto la inquilina le debe un año de renta.
Para empezar estaría actuando de muy mala fe porque no tiene sentido esperar un año para interponer un desahucio por falta de pago. El juez se percataría de eso inmediantamente.
Pero por si quiere quedarse totalmente tranquila le voy a decir una serie de pruebas que puede ir ya reuniendo preventivamente para asegurarse de ganar un posible pleito que quiera plantear el casero. Son pruebas que demuestran que ud. ya no vive en la vivienda antiguamente alquilada y son las siguientes:
1.- contrato de arrendamiento (con los comprobantes de pago de la renta) de la nueva vivienda a la que se haya mudado ud. Si no ha alquilado, pues contrato de compraventa de la nueva casa, y si se ha mudado donde un pariente pues las correspondientes testificales.
2.- contratos a su nombre de los nuevos suministros de agua y luz
3.- empadronamiento en la nueva vivienda
4.- comprobantes de entrega de Amazon y similares
5.- posibles cambio de colegio de los niños
6.- y ya para ponernos estupendos, como supongo que tiene móvil, pida en el juicio que la policia certifique cuales han sido las antenas a las que se han conectado su móvil, para poder demostrar de ese modo que dichas conexiones son incompatibles con el hecho de vivir en la antigua vivienda.
Esas pruebas que puede conseguir sin ningún problema porque dependen sólo de ud. son verdaderamente “reales” y no un papelito que es deseable pero que en principio no está conectado con la realidad.
Espero que ya con esto se quede más tranquila.
Y por cierto: si lo que quiere es un acuse de recibo lo tiene bien fácil.
Basta con remitir el escrito de rescisión al casero mediante burofax con acuse de recibo y copia de contenido. El casero tendrá que firmar la entrega de dicho burofax y ese será el acuse de recibo (o la firma del casero) a la que tanta importancia parecemos darle.