Por favor agradeceria mucho vuestra ayuda. He adquirido una casa de la que he pagado todas las cuotas(la ultima en esta semana), por motivos personales ahora no puedo quedarme con esa casa y me gustaria rescindir el contrato, en el Contrato de compra-venta hay un apartado que dice :Condicion resolutorio por falta de pago del precio" y dice: "tambien sera motivo de resolucion(y objeto de la misma penalización) el retraso superior a quince dias, contados desde que el comprador sea requerido fehacientemente a tal efecto, para comparecer a la firma de la escritura publica de compraventa, satisfacer plenamente el precio establecido a la entrega de llaves y, de haber optado por ello, subrogarse en la deuda hipotecaria que grava la vivienda. ", antes en el texto se habia hecho referencia a que si el comprador no pagaba se podia resolver judicialmente y el comprador perderia en favor de la vendedora el 15% de las cantidades entregadas.
Agradeceria que alguien me pudiese responder, ¿puedo rescindir el contrato? y que me devuelvan el 15% de las cantidades entregadas segun esta clausula ya que yo he pagado todas las cuotas, o ¿me pueden obligar a escriturar?, ¿si se puede rescindir me llevarian a juicio o algo similar, o como se opera en estos casos?
Ahora mismo me estan llamando porque incluyen la cocina semiamueblada para que les diga que cocina quiero si la que ellos ofertan o con mejoras, entiendo que si quiero rescindir el contrato tengo que decirles la que ellos ofertan, ¿o les tengo que decir ya que quiero rescindir el contrato?, la firma de escrituras es en diciembre.
No se que hacer y desde que me compre esta casa todo me sale al reves.
Muchas gracias por vuestra ayuda
Querido amigo puedes rescindir perdiendo ese 15 por ciento, para darte una respuesta mas acorde tendria que estudiar tu contrato para saber que clausulado se ha establecido, de ser como tu dices habria que comunicar a la empresa tu intención, redactando adecuadamente y con las formalidades que establece la ley esa comunicación, te dejo mi correo de contacto oscarjiro@hotmail.com, saludos.
Mi caso es muy similar, y las cláusulas más significativas al respecto son: "En el supuesto de que en el momento de otorgarse la escritura Pública, la parte compradora no desee subrogarse en el Préstamo Hipotecar, se compromete a pagar a su costa todos los gastos que dicha cancelación conlleve, incluido Notaría y Registro de la Propiedad."
""El otorgamiento de la escritura pública de compraventa de la vivienda, así como la escritura de préstamo o subrogación del mismo, se realizará ante Notario en el plazo de 10 días a partir de la expedición del certificado finalde obra".
"LLegada la fecha fijada para la firma de la Escritura Pública, si ésta no pudiera llevarse a cabo por causas imputables a la parte compradora, quedará resuelto automáticamente el contrato debiendo el comprador indemnizar al vendedor por los intereses y demás gastos por consecuencia de ello".
HOLA! Yo estoy en un caso similar he entregado 15000 euros a la promotora y me gustaría rescindir el contrato por problemillas económicos. La entrega prevista era en Noviembre de 2008 y las obras han finalizado pero la licencia de primera ocupacion no esta lista. Veo que lo que se recomienda en este caso es contratar a un abogado. Alguien sabe cuanto costaria??