Hola Arwen.En el caso que expone si el arrendatario no accede a desalojar la vivienda usted tendrá que instar acción judicial. Por ello le reitero mi consejo anterior.
Muchas gracias por tu respuesta pero ¿podrías responderme a mi otra duda? "Otra duda que tengo es que si reclamo la vivienda para uso propio como vivienda habitual, tengo que dar un plazo de un mes de aviso, pero de esta forma ¿se implica de alguna forma el juzgado o tengo que notificárselo por escrito y si no se van demandar igual por el juzgado? Necesito saber que es lo más rápido, ya que estos sinvergüenzas se dedican a vivir así de piso en piso y no se puede hacer nada"
Hola Arwen. La resolución del contrato únicamente puede producirse por acuerdo entre las partes o por sentencia judicial firme.
Para saber qué procedimiento sería el más adecuado sería preciso examinar el contrato, la documentación relacionada con el mismo y disponer de muchos más datos. Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con el contrato, la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le indicará la mejor forma de proceder.
Hola a tod@s. Mi pregunta es si un contrato queda rescindido automáticamente, aunque los inquilinos no quieran firmar la rescisión, por incumplimiento reiterado en el pago de las rentas, suministros, actividades ilícitas y molestas en la vivienda. Les he enviado una carta certificada con acuse de recibo en el que les requería las cantidades pendientes y les solicitaba el abandono de la vivienda para el 31 de agosto fecha tope. Me he enterado de que llevan años viviendo así en otros pisos alquilados y que sólo se van cuando les llega el desahucio, incluso pinchan la luz si se la cortan. Yo lo que quiero es saber si puedo rescindir el contrato automáticamente sin necesitar su firma y así por lo menos recuperar la fianza que está depositada en hacienda, ya que necesito el dinero para pagar la hipoteca. El 3 de septiembre se presentará la demanda para el desahucio.
Otra duda que tengo es que si reclamo la vivienda para uso propio como vivienda habitual, tengo que dar un plazo de un mes de aviso, pero de esta forma ¿se implica de alguna forma el juzgado o tengo que notificárselo por escrito y si no se van demandar igual por el juzgado? Necesito saber que es lo más rápido, ya que estos sinvergüenzas se dedican a vivir así de piso en piso y no se puede hacer nada, quiero echarlos cuanto antes porque además de no pagar el alquiler están gastando luz y agua y me tocará pagarlo a mi cuando se vayan, además de que destrozan los pisos y se llevan cosas de ellos.n Lo sé porque he conseguido hablar con la propietaria del anterior piso en el que estuvieron y en alquileres y daños le deben 14000€.
Gracias por adelantado