Alquilé un local por un plazo de 12 meses renovables y por motivos personales y ajenos al negocio debo abandonarlo antes de su cumplimiento.
Mi duda es si el dueño me devolverá la fianza o no, ¿tiene que hacerlo?
Si no es así como puedo hacer para que lleguemos a un acuerdo, imagino que a él no le interesaría que yo siga con el contrato cuando voy a tener dificultdes para realizar los pagos en el futuro.
Hola terfo. En casos como el que usted plantea se pueden dar 3 situaciones:
a) Que el arrendador la acepte sin reserva, dando lugar a la resolución bilateral y de mutuo acuerdo, lo cual no conlleva otras consecuencias que la extinción del contrato y de las obligaciones recíprocas que de él se deriven.
b) Que no se produzca la resolución de mutuo acuerdo : el arrendador puede optar por acudir a los Tribunales y solicitar el cumplimiento del contrato (y hasta rehusar la entrega de las llaves y no aceptando que se pongan a su disposición la finca) pidiendo incluso una indemnización por los perjuicios.
c) puede, sin acuerdo aceptar las llaves dando por resuelto el contrato, pero entendiendo que la resolución ha tenido lugar por la exclusiva voluntad del arrendatario, para ejercitar una acción de resarcimiento de daños y perjuicios, por lo que la alegación y prueba de su existencia y cuantia, corresponden al arrendador.
Como ve la mejor opción es la a). Otra opción es que resolvieran el contrato fijando como indemnización 1 mes de renta y preavisando con al menos 1 mes de antelación o más que usted va a dejar el local para que su arrendador pueda buscar nuevos arrendatarios.