Hola,
Yo tengo un estudio independiente pegado a mi casa.
Sabria alguien aclararme si yo, como parte arrendadora, puedo incluir en el contrato de arrendamiento una clausula que resolutoria del contrato, con un preaviso de por ejemplo 2 meses, en caso de necesitar esa vivienda para un familiar en 2º grado. Ello lo hago con vistas a traerme a esta vivienda a mi abuela ya que mi abuelo está muy enfermo.
Se supone que en los contratos rige la voluntad de las partes...
Si teneis alguna clausula de estas redactadas me la podeis enviar?
Mil gracias,
Nieves
nmontero96515@hotmail.com