Muy buenas, expongo mi caso para ver alguien me puede orientar. Mi inquilino me ha dicho verbalmente que no quiere seguir con el local arrandado, aunque el contrato está en vigor y quedan varios años para que llegue a su fin. Está al corriente de pago y en el contrato no se dice nada sobre rescisión anticipada. Qué será mejor, aceptar que se vaya o pedir algun tipo de indemnización. Le pediré que lo exponga por escrito? Ya me diréis. Gracias
Hola Jujo. Usted podría reclamar a su arrendatario los daños y perjuicios que el desistimiento le provoque o le vaya a provocar, los cuales deberá acreditar. Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos quien, con el contrarto, la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le asesorará sobre la mejor forma de proceder.
Muchas gracias por responder. En el contrato no se pactó desestimiento anticipado. En previsión, se le reconoce expresamente al inquilino la posibilidad de ceder o traspasar el local. Me dice, todo de palabra hasta ahora, que va a dejar de pagar a partir de abril y que así se rescindirá el contrato porque éste lo dice en las causas de resolución del contrato. ¿Le pido que me lo de por escrito?