buenas tardes, soy propietaria de un piso que esta alquilado por un año, los inquilinos me han avisado que se marchan proximamente aun no habiendose cumplido el año sin que exista causa de fuerza mayor. en que articulo puedo basarme para pedirles la renta que falta hasta cumplir el año? puedo pedirles indemnizacion? gracias
Si lo hace, podrás demandarle por incumplimiento de contrato, a no ser que él te ofrezca una indemnización que te disuada de hacerlo, o que el contrato contenga una cláusula de desistimiento, en la que ya se pactara previamente qué sucedería en ese supuesto.
Si les llegaras a demandar, según la jurisprudencia mayoritaria, podrán ser condenados a pagarte la cantidad menor entre los meses que faltan hasta el fin de la anualidad, o los meses que tardes en volver a alquilar el piso (siempre que el juez considere que hayas sido diligente en volver a alquilarlo) además de a pagar las costas del juicio.
Pero como realmente nadie quiere meterse en pleitos, menos él que tú, negocia recibir una indemnización a cambio de no demandarles.
Esa cantidad puede ser la fianza o, alguna mensualidad adicional de renta. Dependerá mucho de la facilidad/dificultad de volver a alquilar en la zona. Es decir, del tiempo que pueda estar vacío el piso, o de lo que quede para cumplir la anualidad del arrendamiento actual.
Intenta llegar a un acuerdo antes que meterte en demandas.