Usted tiene que cumplir con lo que firmó. Si entre las condiciones tenía la posibilidad de resolver cuando quiera, ya lo ha hecho. Si no se recoge esa posibilidad, tiene que estar a lo acordado.
El lunes firmé una nota de encargo para la venta de un piso. La cosa es que el martes a las 9 de la mañana manifesté mi desacuerdo con lo firmado y se produjo un tira y afloja por email. Al ver que no me contestaban para rescindir el contrato el viernes les envié un burofax (compulsado por funcionario publico y acuse de recibo) con un escrito para rescindir el encargo y con copia de los emails enviados.
Se que el burofax se ha recogido (desde hace 2 semanas), pero no tengo respuesta.
¿Si no me contestan en un plazo de tiempo es que se considera rescindido? (como si fuera silencio administrativo)
No se si tengo que proceder de alguna manera o simplemente dejar pasar el tiempo porque yo ya he notificado la anulación