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RESCINDIR el contrato

5 Comentarios
 
perfil Jan
21/03/2015 18:41
Hola mojaqueña. Para poder darle una respuesta adecuada es necesario examinar el contrato, la documentación relacionada con el mismo y disponer de más datos. Por ello le sugiero que contacte con un/a profesional experto/a en arrendamientos urbanos quien, con la documentación y los datos que facilite, le asesorará sobre la mejor forma de proceder.

Reciba un cordial saludo
16/03/2015 12:11
Además de esto, me pregunto si el arrendatario para NOTIFICAR al DUEÑO que quiere rescindir o desistir del ctto debe hacer dicha notificación pasados los 6 meses del contrato o por ejemplo lo puede hacer en el mes 5 para que se haga efectivo el mes 6 y que sea ese mes el que abandone la casa. Si es posible de esta forma evitar un mes más... ya que de lo contrario, tendría que esperar 6 meses del contrato, en el 6º mes enviar la notificación y en el 7º mes dejar el inmueble... Qué opinión les merece, qué podría hacer?
Gracias
13/03/2015 01:05
Carmen buenas. La cuestión es que como expuse antes, el contrato de arrendamiento está firmado por dos personas que fueron pareja y al separarse, él quiere desistir de dicho contrato y notificarlo a la inmobiliaria... ¿Al ser ambos arrendadores, es posible que uno desista y el otro no?. ¿Qué pasaría? El ctto es de noviembre de 2014, pasados los 6 meses que estipula la ley, con notificación de 30 días antes para desistir... debe indemnizar al arrendador?. El contrato estaba fijado para 1 año y prorrogables hasta llegar a 3. Muchísimas gracias por vuestra ayuda.
Buenas días
No dice de que fecha es el contrato de alquiler
Suponiendo que fuera del del 2014, se rige por de la LAU de 2013, en la que se establece que el arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento una vez hayan transcurrido al menos, seis meses, siempre que lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días.

Quedo a su disposición
Carmen abogada de Málaga
Tel 952213934/647714784
12/03/2015 10:31
¿Nadie me dice nada?
Rescindir el contrato
05/03/2015 20:02
Buenas tardes, por si alguien me ayuda.
Una pareja firma un contrato de arrendamiento de una vivienda con una inmobiliaria. El tiempo mínimo del arrendamiento según contrato es de 1 año. Al cabo de unos meses, sin llegar a cumplir siquiera el año, dejan la relación y uno de ellos se encuentra dentro del inmueble y el otro fuera.
Cómo podría hacer quien se encuentra fuera del inmueble para rescindir el contrato con la inmobiliaria?.
El caso es que en dicho contrato de alquiler firmado por ambas partes, no hay cláusula alguna en caso de querer rescindir el contrato.
Por otro lado, la persona que abandona el inmueble es quien hasta el presente a estado abonando el pago del alquiler y los servicios del agua, luz y gas, mientras la que se encuentra dentro nunca hizo frente a pago alguno ni lo hace.
Qué lío tengo en la cabeza, alguien me orienta al respecto. De cara a la inmobiliaria qué norma se aplicaría para rescindir el contrato, qué consecuencias traería a quien abandonó el inmueble o a la pareja?.
Qué consejos me podéis dar, gracias de antemano.