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Rescindir contrato de alquiler

4 Comentarios
 
Rescindir contrato de alquiler
25/05/2008 15:11
Mi marido y yo firmamos un contrato de alquiler de 4 años de duracion. Hasta hace unos meses todo bien, pero los vecinos de enfrente alquilaron su vivienda a personas que se dedican a acciones ilegales, vamos una casa de citas, no paran de subir y bajar hombres durante todo el dia, discusiones, chillidos te cruzas con clientes y todo lo que podais imaginar que conlleva vivir junto a ese tipo de ambiente. Nos sentimos inseguros. La comunidad de vecinos no va a hacer nada al respecto, (como ellos no tienen el problema al lado se lavan las manos) el propietario de nuestro piso dijo que no iba a consentirlo, pero han pasado ya 6 meses y el tema sigue igual. Queremos irnos del piso, quisiera saber con cuanta antelacion mandar la carta certificada al propietario, y el tema de la fianza, el contrato no tiene penalizaciones expresas ni pone con cuanto tiempo se les tiene que avisar, ni ellos a nosotros para rescindir el contrato. Agradeceria que me informarais de como hacer la rescision cuanto antes, ya que no estamos agusto y no nos sentimos seguros. Gracias.
perfil Jan
28/05/2008 12:23
Hola JuliaM. Ante la pretensión de resolución unilateral por parte del arrendatario(usted), puede ocurrir :

a) Que el arrendador la acepte sin reserva, dando lugar a la resolución bilateral y de mutuo acuerdo, lo cual no conlleva otras consecuencias que la extinción del contrato y de las obligaciones recíprocas que de él se deriven.

b) Que no se produzca la resolución de mutuo acuerdo : el arrendador puede optar por acudir a los Tribunales y solicitar el cumplimiento del contrato (y hasta rehusar la entrega de las llaves y no aceptando que se pongan a su disposición la finca) pidiendo incluso una indemnización por los perjuicios.

c) puede, sin acuerdo aceptar las llaves dando por resuelto el contrato, pero entendiendo que la resolución ha tenido lugar por la exclusiva voluntad del arrendatario, para ejercitar una acción de resarcimiento de daños y perjuicios, por lo que la alegación y prueba de su existencia y cuantia, corresponden al arrendador

Como puede comprobar la mejor opción es la a). Para ello le aconsejo que primero hable con su arrendador y le exponga los motivos por los que usted desea rescindir el contrato. Si él estuviese conforme usted deberá notificarle, con la mayor antelación posible, mediante burofax con acuse de recibo su voluntad de rescindir el contrato en la fecha x. En la cita fecha usted deberá llevar un documento, el cual le aconsejo que sea redactado por un/a abogado/a, denominado rescisión de contrato que será firmado por ambas partes y devolverle las llaves.

Reciba un cordial saludo
28/05/2008 17:17
Muchas gracias Jan. Espero que el propietario sepa entender la situacion, el tema es muy delicado, si denuncia el a esa gente las represalias serian para nosotros que vivimos aqui, el dueño no es mala persona pero en esta vida nada se sabe. Gracias.
28/05/2008 18:07
el arrendatario puede marcharse cuando considere conveniente, lease la ley.
ademas el inquilino puede estar hasta 5 años y a su discreccion el marcharse
aunque ponga uno o cuatro en el contrato, la ley ampara al inquilino hasta 5
respecto a casas de citas, lo mas practico, yo lo hice, decirles se va a poner un guarda jurado en la puerta que identificara a ajenos a la casa y se iran enseguida
30/05/2008 21:29
Hola,

wasage: eso que indica sobre que el arrendatario puede irse cuando considere conveniente, ¿en que ley dice que hay que leerlo? yo a pesar de conocer un poco la ley, le confieso que eso no lo he leído, al nenos en la legislación vigente.

El contrato contiene obligaciones para las dos partes, según lo indicado por usted, éstas serían sólo para el arrendador, pero si el arrendatario se va antes de lo estipulado en el contrato, el arrendador puede solicitar una indemnización por incumplimiento de contrato y la ley le ampara -al arrendador-.
Lo que sí contempla la ley, es lo de prorrogar el contrato, independientemente del tiempo estipulado a 5 años, a instancias del arrendatario, pero si decide resolverlo, también con ciertas condiciones.

Salvo mejor opinión.

Reciba un saludo