Parece que es un contrato de alquiler de vivienda lo que hizo su padre. Puede negociar con el inquilino para intentar convencerle con cierta antelación de que su padre necesitará la vivienda dentro de un tiempo. Si el inquilino no está de acuerdo, hace falta que en el momento de firmar el contrato, su padre hubiera hecho constar expresamente que necesitaría la casa como vivienda permanente para él antes de pasar 5 años de duración del contrato, en este caso diciendo al inquilino que el necesitado es su padre, no Ud., porque de lo contrario no podría conseguir expulsarle de su casa si el inquilino no quiere hacerlo voluntariamente.
Para dudas o estudiar su contrato, puede contactarme en abogadoesp@gmail.com
Hola Reich. Si, como es probable, el contrato es de arrendamiento de VIVIENDA el arrendatario PODRÍA estar un mínimo de 5 años(art 9 LAU 1994). Sin embargo, si se tratase de un contrato de USO DISTINTO AL DE VIVIENDA(Temporada) NO se aplicaría el artículo mencionado y, en función del plazo de duración pactado, podría NO prorrogarse el contrato.
Le aconsejo que usted o su padre acudan a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con el contrato y los datos que faciliten, les asesorará sobre las distintas opciones a ejercer. Vg Que exista causa de resolución, negociar una rescisión con el arrendatario,..
Hola a todos.
Mi padre compró una casa hace un año y medio y la tiene alquilada desde hace un año. Lo mínimo, segun tengo entendido son 5 años. Lo que sucede ahora es que me caso el año que viene y necesitaría la casa. Existe alguna posibilidad de que se pueda romper el contrato antes? muchas gracias