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Rescate plan de pensiones

2 Comentarios
 
Rescate plan de pensiones
26/06/2003 14:54
En mi condicion de desempleado de larga duracion he solicitado el rescate de mi plan de pensiones. Me lo han concedido, pero me lo han embargado por una deuda que mantenia. Mi pregunta es: ¿es cierto que el importe del rescate es asimilable a sueldos o salarios y, por lo tanto, solo es embargable las partes proporcionales por tramos de s.M.I.? si así fuera, rogaria me dijeran el precepto legal en el que se sustenta. Muchas gracias
27/06/2003 08:19
La Ley de Enjuiciamiento Civil (art. 606 y ss) es la que establece la escala de porcentajes para el embargo de sueldos, salarios, pensiones....
Por otro lado, el RDecreto Legislativo 1/2002, Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones es el que regula todas las características de estos Planes de Pensiones. En este último se establece que los derechos consolidados no serán embarbables hasta que no se hagan efectivos (hasta que los cobras).
Suerte.
27/06/2003 09:10
Gracias fuensanta por tu magnifica aclaracion, pero perdona que insista en una cuestion: ¿se considera el rescate de un plan de pensiones como una pension ó como un salario.
Reiterarte mi agradecimiento y un cordial saludo.