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rescate de plan de pensiones Mutualidad Abogacia

1 Comentarios
 
Rescate de plan de pensiones mutualidad abogacia
05/01/2011 14:05
una pregunta...
¿se sabe si se puede rescatar el plan de pensiones que abonamos los que estamos adheridos a ellos alternativamente al Reta en el caso de desempleo?
El sentido común me dice que si se debería, pero como ni estamos en el regimen general, ni en el Reta (que es lo que dice el artículo 9.3.d Real Decreto 304/2004), pues ahí está mi duda.
El artículo en cuestión (somos por cuenta propia) dice que sí podrán rescatar los que: "hubieran estado previamente integrados en un régimen de la Seguridad Social como tales [cta propia]".
Como no estamos integrados en le SS como autónomos si no que lo estamos alternativamente al Reta en la Mutualidad de la abogacía española, esa es la duda.
Otra opción, chapucera en todo caso, sería darse de alta en el Reta un mes y darse de baja al otro mes y pedir luego el rescate del plan de pensiones, ya que no dice nada sobre una obligada carencia de alta en el Reta.
Saludos y gracias anticipadas por las respuestas.
31/01/2017 22:17
Joseluislinares
Soy una chica que ejercí la Abigacia desde el año 1.993 hasta el año 1.999 y pagué puntualmente mi cuota mensual de la Mutualidad...puedo en este momento pedir el rescate del montante de las apirtaciones que hice durante esos años?.He de decir que estoy en parl de larga duración y que nunca he recibido (,ni recibo actualmente) prestaciones por desempleo...Gracias.