Buenas tardes,
me gustaría saber si existe alguna jurisprudencia respecto al incumplimiento de los requisitos mínimos de publicidad en publicación de las resoluciones o anuncios de Órganos de Selección durante procesos selectivos para empleo público.
Por lo que veo no existen plazos mínimos establecidos legalmente sino el principio de que se debería garantizar el derecho de los aspirantes a tener conocimiento de las mismas para que puedan presentar las reclamaciones oportunas.
La duda surge por un proceso en cuyas bases tampoco se especifican plazos de publicación, pero sí se establece un plazo de tres días hábiles para las reclamaciones al Órgano de Selección, y sin embargo uno de los anuncios fue retirado durante el mismo día de su publicación, apenas unas horas después de la misma, mientras que todos los demás anuncios y resoluciones quedan publicados indefinidamente; y una semana después de esa publicación retirada, que también contenía otras irregularidades, se continuó con el proceso como si esta hubiese sido debidamente expuesta, aunque con un periodo de exposición tan breve constituyese obviamente un obstáculo para que los aspirantes pudiesen ejercer su derecho a conocerla y, de ser el caso, a reclamar.