En una vivienda arrendada, el arrendatario lleva 4 meses sin pagar el alquiler.
Se le ha enviado una carta al arrendatario, por parte de la administración que lleva la gestión de cobro, el cual no se ha dado por enterado.
Ahora, antes de proceder a la demanda de desahucio y reclamación de cantidad, la administración le envía una carta al fiador/es.
¿No debería haberse enviado las dos cartas (arrendatario y fiador) simultaneamente?.
¿No es esto una pérdida de tiempo?.