y qué pasa si cuando recibe el contrato, paga las rentas que adeuda y al cabo de dos mese vuelve a impagar? se debe enviar otro burofax, o ya se puede pedir directamente el desahucio?
Hola Rushdie. En el primer supuesto que plantea el destinatario del burofax dispondrá de 30 días naturales para retirarlo en la oficina de Correos. Respondiendo a su segunda cuestión la respuesta es, en principio afirmativa, si bien será negativa si el arrendatario puede probar que no pudo recoger el burofax por causa de fuerza mayor.
Que ocurre cuando el requerimiento, previo a la demanda de desahucio; se remite por burofax con acuse de recibo y, al no encontrar al destinatario se deja en su buzón? Esta notificación es válida para esperar un mes, presentar la demanda de desahucio, y evitar así que el arrendatario pueda enervar el procedimiento de desahucio? Saludos!