TEngo un amigo que creo hace un año una sociedad de servicio urgente de conductores. Le ha puesto el nombre de SEURCOND. El caso es que la empresa SEUR a traves de sus abogados le requiere para que en 15 días modifique dicho nombre. El tiene inscrita la sociedad en el Registro Mercantil, pero no se si la marca la registro en el e Patentes y Marcas. Gracias anticipadas.
Que tu amigo tenga una razon social que se llame SERVICIO URGENTE DE CONDUCTORES , o SEURCOND, no le da la titularidad de la marca o del nombre comercial
La razón social sólo le permite el uso de la misma en el tráfico normal de empresas, es decir FACTURAR, pero no publicitarse ni usar ese nombre comercialen sus automoviles, a no ser que lo tenga registrado y protegido frente a la OEPM o la OAMI
Esta claro que el titular del SEUR ya lo tiene registrado y SEURCOND tiene semejanzas foneticas y graficas que pueden llevar a la confusión entre ambos.
El derecho de Marcas es un derecho exclusivo y excluyente, es decir sólo puede usar la marca el propietario que la tiene registrada, y puede hacer que quien no la tenga no pueda usarla
Le recomiendo a tu amigo que cambie su nombre, o al menos que hable con un abogado
Sólo faltaria que me digas que su logo es rojo azul y blanco para ver la incompatibilidad.
Efectivamente SEURCOND no es una marca registrada, y de solicitarse, dudo mucho que se concediera ya que la identificacion con SEUR es evidente.
Así que la cosa está complicada para tu amigo. Te dejo mis datos por si quieres contactar en privado y tratar el tema con más detalle, pero lo más aconsejable es que vaya pensando otra Marca...
De todos modos y en mi opinión, aunque te hayan enviado un requerimiento, la vía administrativa es la que decide si la marca puede definitivamente concederse, esa decisión es de la Oficina Española de Patentes y Marcas, y no de SEUR.
Lo digo puesto que una posible manera de proceder es solicitando el registro de la marca con alguna modificación y proponiendo un logo diferente al de la empresa de envíos, puede que finalmente te sea concedida la marca.
La política de muchos bufetes es requerir contra todo tipo de marcas similares a las de nuestros clientes, pero en ocasiones puede ocurrir que la Ley de Marcas permita la convivencia de ambas marcas. Espero haberme explicado.
Si te interesa que os indiquemos cómo debéis proceder, os daremos nuestro consejo sin compromiso.
De cara adelante, podemos informarte de qué marca te conviene, analizando las ya existentes y los servicios que realizas,
Para temas concretos de marcas, te aconsejo que entres en la web www.elregistrodemimarca.com, hay mucha información de utilidad, si te interesa precio u orientación puedes solicitarlo a través del formulario.
Desde mi despacho de abogados (pcp abogados), ofrecemos un servicio de enfoque jurídico gratuito para particulares y empresas enviadnos un mail o llamarnos si quereis que completemos la respuesta,