Necesito consejo. ¿Alguien sabe si un telegrama (nunca lleva remitente) enviado en agosto, que evidentemente no se recoge sirve para dar cumplimiento al requerimiento de pago previo a la presentación de demanda de ejecucion hipotecaria?
El cliente de cualquier modo vino ya pasados los 10 días para presentar oposición. Puedo ejercitar alguna acción para solicitar anulación de las actuaciones?
Ese requerimiento extrajudicial ha de documentarse en acta notarial. Si se hubiere efectuado por simple telegrama habría de practicarse nuevamente en vía judicial.
Las causas de oposición son muy limitadas en la ejecución hipotecaria. Vea arts. 695 y ss. y 562 de la LEC.