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Requerimiento del acuerdo del artículo 45.2 d) LJCA

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Requerimiento del acuerdo del artículo 45.2 d) ljca
25/03/2015 13:29
Buenas tardes,

Hemos presentado un Recurso Contencioso-Administrativo contra la TGSS sobre procedimiento abreviado en el que se exigía la responsabilidad patrimonial del administrador de una sociedad. El recurso se presenta en nombre propio del administrador, como persona física, no en representación de dicha sociedad. El tema es que hemos recibido una Diligencia de Ordenación del Juzgado Contencioso-Administrativo requiriéndonos lo siguiente:

"Requerir a la parte recurrente para que en el plazo de DIEZ DÍAS:
- Que acredite documentalmente que el órgano competente según sus propias normas estatutarias ha adoptado la decisión de iniciar el presente proceso de acuerdo con lo establecido en el artículo 45.2 d)".

Al ser un recurso en nombre propio del administrador entendemos que no es necesario aportar dicho documento, pero ya estoy en la dudo. ¿Es necesario aportar algo?... En caso afirmativo ¿Qué hay que aportar?.

Un saludo,