Hola. Somos una pareja de 2 mujeres que estamos a la espera de una Inseminacion Artificial. Mi pareja es la que va a tener el niñ@ y deseariamos poder reservar semen para poder tener yo otr@ despues. El problema es que la clinica nos ha dicho que no es legal reservar el semen de ella para utilizarlo yo. ¿Es esto cierto? Porque por la ley de igualdad de parejas del mismo sexo con las que no lo son, yo no veo que sea igualitario. Porque una pareja heterosexual, que hiciera uso de semen de donante, podria tener todos sus hijos del mismo donante, y nosotras no.
Igualmente si hiciesemos la tecnica ROPA (yo doy mi ovulo y ella lo gesta) si podria hacer uso del semen de su donante. ¿No es esto contradictorio? Yo no lo tendria directamente, pero si seria mi ovulo.
A ver si alguien nos puede dar algun apoyo legal para presentar a la clinica y que no se puedan negar a darme a mi el mismo semen.
Gracias
Bajo mi punto de vista, la clínica os ha informado correctamente. La Ley 14/2006 dice claramente que la elección del donante de semen la realiza el equipo médico en función de las características fenotípicas e inmunológicas de la mujer receptora, por lo que el semen que es adecuado para una mujer puede no serlo para otra, aunque sea su esposa.
Por otra parte, indicar que el ROPA no está previsto en esa Ley ni permitido en España. Por esa razón tengo entendido que recientemente se ha presentado una proposición no de Ley para modificar la Ley 14/2006 y que se permita.
Hola, la clinica elige color de pelo, piel ... y a no ser que una sea negra y la otra amarilla, o una sea pelirroja y la otra rubia ... no importa mucho como sea el donante. En nuestro caso coinciden todas las caracteristicas fisicas. Ademas, a mi lo que mas me importa no es que se parezcan a mi, sino que sean del mismo donante, cosa que me parece mas que logica si van a ser herman@s para toda la vida, cosa que no se discute en una pareja heterosexual donde el sea negro y ella amarilla, que ya me gustaria a mi saber que donante elegian.
Y la tecnica ROPA lleva haciendose en España desde el 2008 que nacio la primera niña.
Hola, la clinica elige color de pelo, piel ... y a no ser que una sea negra y la otra amarilla, o una sea pelirroja y la otra rubia ... no importa mucho como sea el donante. En nuestro caso coinciden todas las caracteristicas fisicas. Ademas, a mi lo que mas me importa no es que se parezcan a mi, sino que sean del mismo donante, cosa que me parece mas que logica si van a ser herman@s para toda la vida, cosa que no se discute en una pareja heterosexual donde el sea negro y ella amarilla, que ya me gustaria a mi saber que donante elegian.
Y la tecnica ROPA lleva haciendose en España desde el 2008 que nacio la primera niña.
Creía que tu consulta en este foro era para obtener argumentos legales que dar a esa Clínica y, como te dije, la información que te dieron es correcta.
La clínica escoje a los donantes teniendo en cuenta las caracterñisticas fenotípicas de la mujer receptora... Si otras clínicas no lo tienen en cuenta están actuando de manera contraria a la Ley 14/2006.
En cuanto a que hayan nacidos por el método ROPA -nunca he dudado que es así- no implica que esta técnica sea legal, porque como dije, no está prevista en la Ley.
El que unos centros contravengan la Ley no convierte a lo que hacen en legal. Vivimos en un estado de Derecho y las políticas de hechos consumados no sirven, porque llevan a caos.