Hola aTodos,
A ver si alguien me puede orientar...
Mi empresa esta ahora en periodo de fusion con otra empresa del grupo, no se si alfinal seremos una nueva empresa ó nos integraremos en una de las existentes.
La pregunta es Que ocurre con los representantes sindicales ?
En este momento no tenemos representantes sindicales, que seria lo mejor crear ahora la representacion (para negociar mejor las condiciones de integracion) ó esperar a que este creada la nueva sociedad ?
Hola:
En mi opinión, y conociendo lo que puede ocurrir si os integrareis en una empresa o habrá una nueva con las mismas instalaciones, lo mejor será esperar a que se produzca la absorción, fusión o subrogación para realizar las elecciones.
En general, el cambio de titularidad no afecta a la condición de los representantes, siempre que subsista el centro de trabajo en el que se ha elegido la representación, véase la Directiva Comunitaria 77/187/CEE. Es decir, si hay una abosrción de una empresa por otra, implica un cambio de titularidad de la empresa que no afectará a los representantes de los trabajadores ya que la absorción respeta el mantenimiento de los centros de trabajo en los que se ha celebrado elecciones sindicales.
Por contra, si el cambio de titularidad de la empresa supone que los representantes pasen a integrarse en otra unidad productiva distinta de la que fueron elegidos, esta situación origina la pérdida de dicha condición, al no ser trasnsferible ni poder imponerse la representación a otros trabajadores de un centro de trabajo que no los elegieron.
Por aclarar un poco la situacion:
La nueva empresa tendrá dos centros de trabajo, uno en Barcelona, que ya existe y donde estan los de la "Empresa A" unicamente y otro en Madrid que tambien existe, donde esta la "Empresa B" mas algunos de la "Empresa A"(son muy pocos). De hecho en el centro de Madrid ya estamos juntos los empleados de la A y la B (cada uno en nomina de su empresa).
O sea que los centros de trabajo no cambian.