Expongo el caso que estamos viviendo en la empresa en la que trabajo actualmente, sobre la elección del comité de empresa.
Se trata de una empresa a nivel nacional con diferentes delegaciones, en mi delegación estamos inmersos en la elección del comité de empresa, y bajo mi punto de vista alguna de las partes nos está engañando. Por el número de trabajadores debemos de tener 12 personas dentro del comité.
Versión 1.
Tras elegir a las personal que compongan el comité de empresas, estas pueden “donar” sus horas sindicales a otra persona (Representante Sindical). Esta persona debe ser obligatoriamente, una de las personas de las que se ha votado para el comité de empresa.
Versión 2.
Tras elegir a las personal que compongan el comité de empresas, estas pueden “donar” sus horas sindicales a otra persona (Representante Sindical). Esta persona no es obligatorio que sea una de las personas de las que se ha votado para el comité de empresa. Es decir, podemos votar a las personas que queremos dentro del comité de empresa, pero después estas pueden “donar” sus horas sindicales a una tercera persona, la cual no ha sido candidata en ningún momento al comité de empresa.
Bajo mi punto de vista, me parece más correcta la “versión 1”, pero como por las dos versiones han sido proporcionadas por personas de partidos sindicalistas, ya no a quien creer ni a quien acusar de manipulación.
es la primera vez que oigo esto ...¿.como se pueden dar las horas sindicales a una persona ajena al comite de empresa? yo entiendo que no se puede salvo que haya algun acuerdo en la empresa que diga que si
salvo mejor criterio........saludos
Hola,, ni la 1º ni la 2º tienen por que ser verdad y pueden ser verdad las dos
La acumulacion de horas sindicales en favor de uno o varios miembros del comite, debera estar pactada en el convenio de empresa o pactada con la empresa, sino en el convenio colectivo no existe esta posibilidad la empresa no esta obligada a autorizar la acumulacion de horas sindicales
Respecto a la seguna posibilidad de dar horas sindicales a trabajadores que no son miembros del comite de empresa, esto solo sera posible si se cumplen las dos posibilidades que te he expuesto anteriomente, es decir que este regulado en el convenio colectivo o haya un pacto de empresa que haga posible esta posibilidad
Conozco algun pacto de empresa en la que se autoriza a los miembros del comite de empresa a donar algun porcentaje de las horas a los miembros de la seccion sindical, pero ya te digo todo esto debe estar pactado
Gracias por la información que han facilitado, ha sido de gran de ayuda. Veo claro, que cada una de las partes ha facilitado la versión que más le conviene dependiendo de sus intenciones.
Aprovechando la oportunidad.
Podrían aclararme cual es el convenio colectivo corresponde a una empresa a la que se dedica a; Instalaciones y mantenimiento de sistemas de seguridad de alarma, control de accesos y video vigilancia, e Instalación y mantenimiento protección contra incendios.
Es que por un lado, al ser una empresa de seguridad me comentan que nos corresponde el convenio colectivo de seguridad, pero por la parte de protección contra incendio el convenio que nos corresponde se refiere a de la siderometalúrgica.
Gracias nuevamente por vuestra atención y colaboración.