Buenos días:
Tengo varias cuestiones y dudas en este sentido.
1) ¿Cuáles son las condiciones o requisitos que se deben dar para que una empresa pueda crear un convencio colectivo propio? Ya tenemos un convenio colectivo provincial por el que regirnos, pero nos gustaría poder desmarcarnos del mismo creando uno propio, ya que las condiciones que tenemos los trabajadores son mejores que las del convenio que venimos aplicando. Así pues, ¿sería posible crear uno propio? ¿qué condiciones se deben dar y cuál sería el procedimiento?
2) En un grupo de 2 empresas (A y B), en la que A es propietaria del 100% del capital social de B, teniendo ambas distintos CIF, pero con los mismos domicilios sociales, fiscales y centro de trabajo y, si entre ambas, se superan los 50 trabajadores, ¿es obligatorio que las empresas tengan un comité de empresa? ¿o deben tener delegados de personal por separado, ya que B tiene 11 trabajadores y A tiene 45?.
Muchas gracias.