Hola a todos.
Mi mujer tiene, como demandante, un monitorio de cuantía inferior a 900 euros (no se necesita abogado), que devendrá en un verbal, dado que hay oposición.
Mi pregunta es la siguiente: ¿Podría yo, como marido, mandatario, representante, etc... actuar en el juicio en su nombre y defensa?
La LEC dice que en estos casos las partes pueden defenderse a sí mismas. ¿Como puedo alcanzar yo la categoría de parte en este procedimiento?
Muchas gracias por la ayuda.
Estoy casado en régimen de gananciales, pero el motivo de la litis es un impuesto sobre un inmueble que heredó mi mujer y que se vendió, no era un tema ganancial, creo yo.
¿Nadie más se anima a aportar algo de luz a este albañil aficionado al derecho? ¿A ver los del post relax?. Ayudar y ser útil al prójimo también relaja mucho, intentadlo.
Para los amigos de los latinajos os envío éste: "SEMEN RETENTIBUS VENENUM EST". Así que ya sabeis lo que teneis que hacer este fin de semana, no os dejeis envenenar.
Ya que viene al hilo, hago las siguientes preguntas:
yo también voy a demandar a una aseguradora por no pagarme una cantidad inferior a 900€. Sin abogado.
¿Cómo se desarrolla el juicio verbal? Supongo que empiezo yo proponiendo mis pruebas y luego contestará el demandado.
Y otra:
Me va a demandar una empresa, también inferior a 900€, así que iré sin abogado. Tengo intención de "reconvenir", es decir, demandarles yo también.
Supongo que el trámite es el siguiente:
Ellos aportan sus pruebas, yo aporto las mías defendiéndome, a continuación formulo la "reconvención" aportando mis pruebas, y finalmente ellos se defenderán de mi reconvención.
¿Es así?
No;
Actuando como demandante;
1.- te ratificas en el escrito y pides el recibimiento a prueba.
2.- El demandado contesta a tu demanda.
3.- Propones la pruebas; das por reproducidas las aportadas con la demanda, presentas las documentales que no has aportado con la demanda si son de fecha posterior a la misma y solicitas el interrrogatorio de parte solictas el interrogatorio de la parte contraria y de los testigos que lleves.
4.- Ellos proponen su prueba.
Como demandado;
1.- Contestas a la demanda oponiéndote a la demanda y formulas la reconvención.
2.- Ellos contestan.
Y la prueba se desarrolla como en el apartado anterior.
Esto más o menos
Gracias por el consejo, Zapatolento, pero es que las cuantías son escasas, así que me costará más el collar que el perro.
Además, soy estudiante de derecho, y me vendrá bien como práctica.
Pero debes tener en cuenta que en este país, ESPAÑA,hay mucho golfillo que vive de hacer muchas "pellas" de importe inferior a los 900 €, y que por aquello del collar y el galgo, el engañado, que podría defenderse perfectamente con algo de apoyo, no reclama, y la sensación global que queda al final es que éste es un pais tercermundista, que la Justicia no funciona, etc.., los tópicos de siempre, que en algunos casos son verdad.
Yo mismo, sin ir más lejos, en varias ocasiones he conseguido que se respetasen mis derechos gracias a ésto.
Me viene a la memoria un incidente que tuve con el departamento de relojería de unos famosísimos establecimientos. -esos que estais pensando- .
Al cambiar la pila de mi reloj, que tiene un cierre especial, me deterioraron seriamente la caja, reclamé (muy puesto y muy elegante yo) al encargado, y como el que oye llover, le amenacé con la demanda y ni puñetero caso. Me fui con la factura abonada dispuesto a reclamar, pero en el resguardo de la reparación figuraba mi teléfono y al día siguiente me llamaron. El resultado final, CAJA NUEVA.
Si no hubiese sido por ésto, me hubiese quedado con un reloj de veintitantas mil pts con el reverso hecho una pena.
También tuve un vergonzoso incidente con el INSS, donde al final, el abogado del Estado, en la puerta de la sala me dio la razón para que retirásemos la demanda y el INSS no apareciese culpable de algo realmente lamentable.
Y así podría contar varias "batallitas" más, pero no quiero martirizar del respetable.
Además, no sabes como mejora tu auto estima cuando consigues un pequeño éxito.
Por tanto, animo a todo aquel que quiera autodefenderse, y tenga tiempo, a que acuda a las salas donde se celebran juicios, la entrada es libre, a que obtenga, por Internet, el texto escrito de las leyes que necesite y la Jurisprudencia del Supremo o del Constitucional que precise, etc..., etc...
También deseo comentar, además de darles las gracias, a los abogados que de manera desinteresada colaboran con este foro, que casos menores de 150.000 pts. no les quitan trabajo, porque los honorarios de abogado y procurador, como minimo, pueden ascender a eso, y la gente por puro pragmatismo, pasa.