Es posible que el administrador o secretario (en mi caso es el mismo, el promotor) delegue sus funciones como tal a alguien en una junta en la que ha de comparecer?. Entiendo que el cargo de administrador, siendo la promotora aún propietaria de parte de la finca, ha de representarlo uno de los socios de la compañía. En el día a día (soy el presidente) no trato con el. Quisiera saber si es posible que asista como secretario o administrador alguien en su representación o ha de hacerlo el mismo. Creo entender que el voto si es delegable pero no así los cargos. Ruego me lo aclaren. Muchas gracias por su ayuda.