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Reposo medico

3 Comentarios
 
Reposo medico
09/12/2004 21:06
Hola a todos.
Mi pregunta es la siguiente. El pasado jueves me encontraba mal en el trabajo y me fui al medico, de las S.S., me mando el dia ese reposo y el dia siguiente tambien.
Y ahora al cobrar me han descontado los dos dias, eso puede ser? me pueden descontar los dias de reposo medico, un saludo a todos
10/12/2004 08:48
Hola Oscar,

pues por poder pueden. Ten en cuenta que incluso en el caso de que la empresa, por mejora de convenio, te abone la IT desde el primer dia, esa "recomendación de reposo" no es una baja como tal, solo es eso, una "recomendación", y que, una vez comunicada a la empresa, puede justificar tu ausencia (a efectos de no ser sancionado) pero no implica la retribución de la misma.

Los médicos deberian ser conscientes de eso y advertir de las consecuencias a la hora de dar esa "recomendación" a sus pacientes. Si consideran que realmente uno no esta en condiciones de trabajar, deberia mojarse y dar la baja, pero si simplemente recomiendan reposo, pues eso, que dejen claro que es una recomendación, pero que no tiene las consecuencias de la baja como tal.
Ello nos evitaria muchos disgustos, sopresas y polémicas a trabajadores y empresa.
Un saludo
perfil pym
10/12/2004 13:40
quieres decir que las recomendaciones de reposo se deben descontar de la nómina aún en el caso de inexistencia de baja Entonces si te recomiendan dos días de reposo y luego te dan la baja, algo totalmente posible, entonces te descontarían ( salvo mejora en convenio) 5 días de la nómina. En definitiva dónde se regula la recomendación de reposo, que no es baja Los convenios no la preven luego se considera ausencia justificada pero sin derecho a retribución No? Nando ilustranos!!!

Saludos
11/12/2004 12:17

Hola a todos;

Coincido con el comentario que ha realizado Nando BCN. Esa recomendación de reposo, muy habitual por cierto, que entrega el médico únicamente sirve para justificar la no asistencia al trabajo e impide que la empresa pueda sancionar al trabajador.

No obstante, puede ocurrir, como acertadamente ha manifestado pym, que la cosa sea más grave de lo que en un principio el médico pensaba; y que un simple malestar o indisposición pasajera por parte del paciente, pueda derivar en un proceso que requiera más días de curación. En estos casos, por lo menos así ocurre en mi area geográfica, el médico cuando al cabo de los dos días compruebe que el paciente ha empeorado, lo que hará es dar la baja pero con efectos retroactivos desde la primera visita. De esa forma, el trabajador-paciente no tiene un menoscabo económico superior al que tendría de habersele entregado la baja desde el primer momento.

Personalmente, estoy a favor de esta clase de documentos que sirven para simplificar los trámites cuando en opinión del médico los síntomas del paciente indican que el proceso patológico no tiene apenas trascendencia (aunque sí son lo suficientemente importantes como para inhabilitar para la prestación del trabajo), y sólo requieren de horas en reposo para su curación.

Saludos.