Hola a todos, el tema es el siguiente:
A mi cliente le notifican el inicio de una comprobación de valores por ITP. Pasa el tiempo y le llega una providencia de apremio sin haber recibido la resolución definitiva. Voy a ver el expediente y resulta que figura la notificación devuelta por destinatario desconocido´( así que lo publican ebn el bop), lo cual me resulta increíble porque el domicilio es una oficina en la que hay domiciliadas varias sociedades y se recogen todas las notificaciones.
En fin, que contra la providencia de apremio cabe la reclamacion economico admva y el recurso de reposición.Qué creeis que es mejor?
Gracias