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reposición de la prestación por desempleo por ERE de reducción de jornada

1 Comentarios
 
15/05/2011 19:52
El INEM os repondría el paro consumido hasta un máximo de 180 dias en caso de ERE de extinción (no tiene porqué ser de toda la plantilla ni tiene porqué cerrar la empresa) o en caso de despidos objetivos, en ambos casos si se producen antes del 31/12/2012.

No se repone la prestación en caso de despido disciplinario.
Reposición de la prestación por desempleo por ere de reducción de jornada
15/05/2011 13:32
Buenos días,

El día 22 de octubre de 2010 los trabajadores firmamos con la empresa un acuerdo de ERE de reducción temporal de jornada de 180 días. Por otra parte, el abogado de la empresa nos garantizó que los trabajadores recuperaremos las prestaciones de paro cobradas durante la celebración de dicho ERE.

En la web http://reformalaboral2010.es me pareció entender que una de las condiciones imprescindibles para que los trabajadores tengamos derecho a la reposición de la prestación por desempleo que nos garantizó el abogado de la empresa es que, posteriormente al ERE aprobado de reducción temporal de jornada, se apruebe antes del 31 de diciembre de 2011 un ERE extintivo (que entiendo que implicaría necesariamente la disolución de la empresa). ¿Estoy en lo cierto? ¿O realmente, como dice el abogado de la empresa, tenemos garantizada en cualquier caso la reposición de la prestación por paro que estamos cobrando durante la celebración del ERE? Gracias de antemano por sus respuestas.