Coche, tomador seguro el padre que es propietario, y conductor autorizado su hijo. Una noche, un amigo del hijo , mientras están en un bar, le coje las llaves
y se lo lleva.
Resulta que estaba bebido y tuvo un accidente.
Se celebra juicio penal por delito seguridad del tráfico en concurso lesiones, en el cual el amigo que coge el coche se conforma con la pena (multa tal y privación tal).
La compañia de seguro adelanto el dinero de los daños, y ahora presenta demanda derecho de repetición contra el amigo y contra el propietario del coche, solicitando la responsabilidad
solidaria de los dos.
DUdas?
Aunque halla sentencia penal donde aquel asume la culpa, si no paga, la compañia acabará cobrando del propietario??? Hay alguna forma de que no sea así???
Otra duda??? hace 2 años de todo esto, y en su momento por parte del hijo (por la amistad que tenía con su amigo), no se denunciaron los hechos(como era de esperar se ha desentendido del tema aunque dijo que pagaría lo que fuera). Creeís que se podría denunciar 2 años y pico despues, habiéndose celebrado juicio penal por el tema de alcohol, diciendo que se le hurto el vehiculo???
Como afectaría en la demanda contra el propietario???