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Repercusión ibi

3 Comentarios
 
Repercusión ibi
perfil map
07/12/2009 11:36
He alquilado un piso en una finca propiedad de un solo propietario. Al pasarme el recibo del IBI me adjunta la copia del recibo total de la finca dividiéndo la cantidad entre las diferentes viviendas con el criterio de que las viviendas de una habitación pagan una cantidad y las de dos el doble. Entiendo que debería de ser un prorrateo de acuerdo con los metros de cada vivienda pues los pisos de dos habitaciones no tienen el doble de metros que los de una habitación. Por favor diganme si esto es así y que norma es aplicable. Gracias
07/12/2009 23:11
La norma es la LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos), y en concreto el artículo 20 que dice:


Artículo 20. Gastos generales y de servicios individuales

1. Las partes podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario.

En edificios en régimen de propiedad horizontal tales gastos serán los que correspondan a la finca arrendada en función de su cuota de participación.

En edificios que no se encuentren en régimen de propiedad horizontal, tales gastos serán los que se hayan asignado a la finca arrendada en función de su superficie.

Para su validez, este pacto deberá constar por escrito y determinará el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato. El pacto que se refiera a tributos no afectará a la Administración.

....

Saludos
perfil Jan
09/12/2009 11:21
Hola map. Como complemento a la respuesta de la Sra Amparo le informo que en los edificios sometidos a Propiedad Vertical, como es su caso, el IBI debe ser repercutido atendiendo a la superficie de la vivienda.

Reciba un cordial saludo.
perfil map
09/12/2009 17:22
Muchas gracias a los dos