En un contrato de arrendamiento, existe una clausula en base a la cual, el arrendador le puede repercutir al arrendatario las cuotas de Comunidad. Ahora el arrendatario, ha tenido conocimiento que la Comunidad pasa las cuotas a partes iguales y no por coeficiente, lo cual le perjudica ya que la vivienda arrendada tiene poca superficie y un bajo coeficiente, pero al parecer el propietario-arrendador ha consentido este tipo de reparto.
¿Está obligado el arrendatario a pagar esas cuotas exesivas?.
Hola Acriton. Primero debe examinarse si en el contrato consta la cuantía de los gastos de comunidad en cómputo anual o si los mismos pudieron ser conocidos por el arrendatario por otros medios.
Si NO constase o no hubiera tenido conocimiento de los mismos es VIABLE reclamar la diferencia.