En la sentencia de separación se fijan en cuanto a visitas, las Navidades y Semana Santa por mitad y un mes en verano. Alguien me podría indicar desde que fechas se extienden y como se reparten esos periodos, con independencia de a quien le toque elegir primero. La relación actual con mi exmujer no es precisamente muy fluida y por tanto creo que voy a tener complicado planificar con tiempo las vacaciones con mi hijo. Cómo puedo proceder para que me comunique con tiempo cuales son los periodos que ella elige. Muchas Gracias y un saludo para todos
josera para la determinación de los períodos de Semana Santa y Navidades deberás estar a lo que determinen los centros escolares de tus hijos en tu comunidad autónoma. Una vez deteminado el período, divídelo en dos partes iguales, una te tocará a tí y otra a tu ex-esposa. Normalmente en las sentencias de separación se establece un sistema de rotación por años y así los años pares corresponde a un cónyuge el primer período y al otro el segundo, distribuyéndose los años impares a la inversa (con eso se pretende que a los progenitores no les toque siempre el mismo período). Si la sentencia no establece ese sistema de distribución te aconsejo que con carácter previo, y si no es posible un acuerdo escrito con la madre de tus hijos, solicites del juzgado su determinación judicial que podrás hacerlo por los trámites de la ejecución de sentencia o más fácilmente por medio de un expediente de jurisdicción voluntaria (un simple escrito que en principio no precisaría abogado ni procurador).
Con respecto al mes de verano pasará igual (será julio o agosto) y unos años corresponderá a un progenitor una distribución y al año siguiente la misma se hará a la inversa. Si no está determinado de antemano te aconsejo que lo determines para el futuro.
Desgraciadamente estas imprecisiones suelen ser utilizadas por algunos progenitores para negar la entrega de los hijos, confundiendo y tergiversando las cosas o, simplemente, aprovechándose de la falta de determinación judicial que además provoca también indudables problemas de ejecución de la sentencia matrimonial. No digo que pueda ser tu caso, pero, ante lo que te digo, yo tomaría medidas sobre todo si como dices el diálogo con tu ex-mujer no es muy fluido o resulta complejo.
Las vacaciones con los hijos es algo que se planifica con tiempo e inconveniencias de este tipo pueden dar lugar a problemas absurdos con la lógica discusión y cabreo inherente.
Un saludo.
Si en la sentencia se refleja quien elige. El progenitor decide y en el momento de la "recogida", cambia de idea e incumple, ya no solo con el regimen de visitas sino con su propio deseo, ¿que sucede? ¿Si se reitera en su actuación puede ser motivo a valorar para que pierda el progenitor custodio la guarda y custodia de los hijos?
Gracias.