Hola. Mi consulta es la siguiente: mi padre falleció cuando yo era menor, el piso de mis padres estaba a nombre de mi padre. ¿es verdad que mi hermana y yo tenemos derecho a la 1/4 parte (cada una) del precio del piso? En caso afirmativo, para recibir este dinero debería mi madre vender el piso o nos lo puede dar sin necesidad de venderlo? y por último ¿podemos nosotras reclamarselo cuando queramos?
1.- Hablas de 1/4, parece que serías de Cataluña, sería bueno que lo aclararas.
2.- Depende del régimen del piso, si era privativo o estaba en gananciales
3.- Depende de si hay testamento y otros bienes
En todo caso, tu madre tiene derecho al usufructo de la vivienda habitual (que dependerá el porcentaje de donde seas), con lo cual, mientras ella viva o quiera, no tiene que vender el bien ni daros vuestra parte.