Piso propiedad de uno de los contrayentes antes del enlace (pendiente de parte de hipoteca).
En caso de separación(por gananciales) ¿como ha de repartirse legalmente?
del importe satisfecho de la hipoteca durante la vida del matrimonio se debería de reintegrar el 50% del conyuge no propietario. Según la ley, es así, sin revalorización, salvo que se pactase expresamente algo diferente.
Suerte.
Agradezco la respuesta de Zoraida.
Hay quien me comenta que el hecho de no haber hecho separaciones de bienes, las propiedades de cada conyuge son consideradas como aportación al matrimonio, (pasando a formar parte de gananciales al 50%) ¿Es posible? ¿Pero si yo no le conocía cuando compré el bien?
La propiedad del piso, (poder disponer de él libremente, comprarlo, venderlo, alquilarlo...), lo puedes hacer unica y exclusivamente tú, pues eres el dueño, tú estás en el Registro de la Propiedad como propietario y es tuyo con CARACTER PRIVATIVO.
Si tienes un coche comprado de soltero es tuyo unica y exlusivamente...
Tras casarte todo lo que genereis durante vuestra convivencia, trabajeis los dos o uno solo de vosotros, al ser ganancial, es al 50%.
Si vendes el piso e ingresas el importe en una cuenta comun del matrimonio, entonces eres tú quien "regalas" la mitad de lo conseguido a tu pareja.
Espero haberte aclarado algo.
Suerte.
hola jant!
tienes unas repuestas muy claras respecto al tema que planteas en el foro familia, tema: separacion y vivienda y autor: pepa de fecha 14/4/2004.
espero que te sirva de algo, aunque como bien observarás, la decisión final, en caso de no llegar a un acuerdo la tiene el juez.
Suerte.