No le dé usted más vueltas, el local debe de pagar estas reparaciones por coeficiente. Es una reparación estructural que afecta a todo el edificio. Si el edificio se cae, ¿qué sería del local?.
Tema dineros, este si que puede ser el gran problema ya que como dice usted, los vecinos disponen de pocos recursos. Solución que le doy, pida un crédito a una caja de ahorros a cuenta de la comunidad, tienen que realizar algunos trámites pero es la forma más rapida, si de lo que se trata es de eso, rapidez.
La casa es muy antigua y la escritura de división horizontal es de los años 60. De manera que se dice lo justo sobre los metros cuadrados de los pisos, los lindes y el coeficiente de participación.
De todas formas, de manera tradicional a los 2 locales se les ha excluido del pago de los gastos de ascensor.
Sin embargo, en otra comunidad en la que tuve un piso, se puso el ascensor y el local se negó a pagar y por sentencia judicial se declaró su obligación de pagar por su coeficiente de participación.
Y, por supuesto, este local participa en los gastos de la escalera sean del tipo que sean, desde la limpieza hasta la pintura.
Hay que verificar en la Escritura de Obra Nueva y División Horizontal, de los gastos que se les exime a los locales comerciales, que serán los típicos de siempre (luz de escalera, mantenimiento y conservación de ascensores, limpieza de portal y escalera, etc.), pero en este caso las obras por lo que he podido leer, son obras de reparación estructural del edificio, es decir obras necesarias para el sostenimiento del edificio, por lo cual dichas obras deben ser sufragadas por todos los propietarios que forman la Comunidad, incluido lo locales comerciales.
Además no dejan de ser una obras de revalorización del edificio de las propiedades del cual se benefician todos.
Y en el caso de que la Escritura no indique nada participaran en todos los gastos según su cuota de participación.
Contestación realizada por gentileza de www.movilgestion.es
No se exactamente en que consisten las obras de la escalera pero tiene que ver con una enorme grieta que se va agrandado cada año.
Con el Ayuntamiento lo que tenemos(vamos a tener, mejor dicho) es un Convenio, en el que hay un Anexo donde dice las obras que hay que hacer y el orden en que las tenemos que hacer.
Las derramas las tenemos que aprobar ya, porque las obras suben mucho dinero, tienen que empezarse antes de 18 meses y no se puede encargar un trabajo a una empresa sin tener dinero para anticiparle. Y la mayoria de los vecinos son personas de escasos recursos.
Pero todo esto a mi juicio es secundario porque la pregunta concreta -con independencia de la razón por la que se tienen que hacer las obras en la escalera, si estas son necesarias, ¿tienen que pagar los locales, aunque no tengan puerta de acceso a la escalera?
¿En que consisten la obras en la escalera, que obliga el Ayuntamiento?.
¿Tiene por escrito el dictamen tecnico del Ayuntamiento?.
¿Se ha facilitado copia del mismo a todos los propietarios, antes de la Junta?.
¿Como van a aprobar derramas, sin tener los correspondientes presupuestos y designacion de Tecnico Director de las obras?.
se trata de obras indispensables para la adecuada conservación del edificio y por tanto deben ser incluidas en la modalidad de "reparaciones y mejoras necesarias" del articulo 10 LPH, sin que pueda quedar exonerado de contribuir el disidente, posibilidad solo permitida por la Ley y para las obras que supongan una innovación o mejora no necesaria.
si se tratan de obras obligatorias y necesarias debemos entender que todos los propietarios deben costearlas de acuerdo con la cuota de participación
En mi comunidad tenemos que hacer obras importantes, a requerimiento del Ayuntamiento, por unas grietas y otros problemas serios que afectan a la estructura del edificio.
El Ayuntamiento tambien dice que hay que hacer obras en la escalera.
El lunes vamos a tener una junta de vecinos para hablar de todo ello y acordar las derramas necesarias.
La propietaria de uno de los locales ya ha dicho que ella pagará lo que le corresponda por los arreglos del edificio pero que no piensa pagar nada por los arreglos de la escalera porque su local no tiene acceso a la misma y que "la ley" lo dice así.
¿alguien me puede dar argumentos para defender que tiene que pagar todo como todos y por coeficiente?