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Reparto económico tras ruptura y alquiler.

10 Comentarios
 
18/07/2023 14:40
Lo que tienes que hacer es vender la casa, y/o solicitar que se alterne el uso entre ambos.
Pero si él está viviendo ahí de mutuo acuerdo, no tiene por qué pagarte tu alquiler o tus gastos, salvo que acordéis libremente un alquiler, que también podéis, pero mientras no haya atribución de uso, es copropietario igual que tú y ambos podéis usar el bien indistintamente, sin tener que compensar al otro.
18/07/2023 14:24
Quizá no me expliqué bien. No hay paternofilial establecido, compartimos el tiempo de cuidado por igual. El padre está viniendo en nuestro casa que está pagada y que no tiene gastos de suministro pq es una casa decampo autónoma ( placas solares independiente y agua autónoma).
Yo me he marchado, comparto crianza y ahora pago alquiler para estar con mi hijo y los correspondientes gastos. El "vive gratis" y no me parece justo.
17/07/2023 09:00
Correcto, el precio de la venta ha de ir al 50% si este es el porcentaje que figura en las escrituras. Pero al margen de esto lo que hay es una deuda privada.
Sobre contabilizar gastos de suministros y demás, discrepo; que una casa tenga más gasto de luz o de calefacción que otra no implica que lo deba abonar la otra parte. De todas maneras estamos hablando de que no hay paternofiliales establecidas, y parece que les va bien así y desean seguir así, cosa que si realmente llevan bien, yo les animo a seguir así.
13/07/2023 18:51
Buenas tardes, vayamos por partes:

1º.- La titularidad de la vivienda en propiedad está al 50%, y así se tiene que repartir. Si su pareja hubiera querido hacer plasmar en la escritura que él aportó más, se podría haber hecho haciendo constar un porcentaje de propiedad distinto (por ejemplo 60/40 o 70/30).

2º.- En cuanto a los gastos de su nueva vivienda, esto tiene que ir en relación con la custodia de su hijo, los ingresos de ambos y las necesidades del menor. El hecho de que Ud. ahora tenga gastos de suministros y él no, es una circunstancia que tiene que valorarse, por su puesto. Hay que tenerlo en cuenta todo ello para fijar la pensión alimenticia a favor del menor. Puede que estén en régimen de custodia compartida, pero esto no excluye automáticamente la pensión alimenticia, ya que puede ocurrir que los ingresos de los progenitores sean desiguales y generen un desequilibrio que habría que igualar para que no perjudicara al hijo que tienen en común.

Por último indicarle que, aunque ahora estén entendiéndose bien con el tema de las medidas de su hijo, es recomendable pactarlo en un convenio regulador y presentarlo ante el Juzgado para que quede debidamente homologado y así evitar problemas en el futuro.

Igualmente, si son pareja de hecho inscrita en el Registro correspondiente, tendrá que solicitar la cancelación de la inscripción en el modo que establezca la normativa de su comunidad autónoma.

Saludos.

AR.abogada
Alicante
11/07/2023 15:35
Silvia2014
Por otro lado él aportó más porque yo dejé mi trabajo para criar a nuestro hijo, y nos trasladamos a un pueblo donde la posibilidad de empleo ha sido y es nula.
Gracias por vuestras aportaciones, me siento indefensa.
11/07/2023 15:35
Silvia2014
Por otro lado él aportó más porque yo dejé mi trabajo para criar a nuestro hijo, y nos trasladamos a un pueblo donde la posibilidad de empleo ha sido y es nula.
Gracias por vuestras aportaciones, me siento indefensa.
11/07/2023 15:32
paquito xocolatero
Gracias por tus aclaraciones. Pero, cuando se rompe la relación y uno de los dos ha de marcharse, en este caso yo, asumo gastos de alquiler, etc y la otra parte vive de prestado "gratis" , me parece súper injusto, además el desequilibrio económico pasado y futuro. El percibe casi el doble de salario que yo, vive en una casa donde ambos somos propietarios...y estoy asumiendo todo el gasto que supone tener una vivienda donde poder empezar de nuevo con mi hijo.
¿Esto es así?
perfil Int
11/07/2023 15:14
Si el la dijo que era de los dos también se puede entender que ra un regalo, porque ella se ocupaba de la crianza del niño, no tiene porqué volverse en su contra. Si en la escritura está al 50 por ciento, pues mitad para cada uno.
11/07/2023 08:45
Entiendo que no hay convenio de paternofiliales, por lo que no hay atribución de uso de la vivienda en sentencia judicial. En ese caso los dos podéis ocupar la vivienda y ninguno tiene por qué pagar nada al otro, salvo que así se acuerde libremente por ambos. A lo que tienes derecho por el art.400 es a la indivisión, es decir, a dejar de ser copropietaria, bien sea porque uno adquiera la parte del otro o porque se venda. En caso de negarse alguno se puede forzar mediante procedimiento judicial de división de la cosa común, pero es siempre mejor hacerlo a buenas y de mutuo acuerdo (por precio, gastos, trámites, malos rollos entre vosotros, etc.)
Proponle por tanto antes que nada si quiere comprarte tu parte. Los gastos que ha asumido de más sobre la vivienda, tanto por la compra como por las reformas, siendo justos, han de tenerse en cuenta (no habiendo gananciales por muy razonable que fuera que los asumiera, el caso es que los ha pagado él), aunque en caso de "ir a malas" podría tener que demostrarlo y no siempre es fácil, y tú podrías llegar a obtener el 50% del valor que tenga la vivienda del que eres propietaria, pero es entrar en espiral de enfrentamientos que se puede volver en tu contra, sobre todo porque habiendo hijos en común y ocupando él la vivienda bien podría obtener tu ex el derecho de uso de esta y entonces date por fastidiada si quieres recuperar el valor pronto. De verdad que insisto que vale la pena ser justo y hacer las cosas bien. Si él ha pagado más y tú lo sabes, es lógico que se tenga en cuenta en el precio que podáis acordar, que en definitiva será el que libremente acordéis. Estando ya la vivienda pagada podría perfectamente darte tu parte, hipotecándola por la cantidad que te deba pagar si no tiene el capital para pagártela en efectivo. El acuerdo y los cálculos deberían ser sencillos en vuestro caso (valor actual realista de mercado dividido por dos menos el sobrecoste que haya asumido), y la situación fácilmente resoluble sin tener que entrar en juzgados ni sin perjudicar la relación aparentemente idónea que tenéis respecto a los hijos.
Lo que no tienes por qué pagar son los suministros.
11/07/2023 07:04
Buenos días de nuevo, ¿podría alguien experto darme alguna orientación? Gracias.
Reparto económico tras ruptura y alquiler.
10/07/2023 10:34
Buenos días, estoy en una situación complicada. Me he separado aunque formalmente seguimos siendo pareja de hecho, tenemos un hijo , y estamos compartiendo el tiempo de nuestro hijo mediante acuerdos, ambos tenemos trabajos con particularidades especiales, en este terreno nos vamos entendiendo.
Tras la separación, yo tuve que marcharme de casa (vivienda pagada, los dos somos propietarios) y el motivo fue porque trabajo lejos de nuestra casa en propiedad y no puedo estar todos los días en la vivienda , además es una propiedad que necesita de cuidados diarios. ESta casa es autosuficiente en suministros, gastos cero salvo los del mantenimiento. En cambio yo he tenido que irme , estoy pagando un alquiler y suministros.
Es posible, legal, ético , justo que la otra parte ayude a compensar los gastos que yo estoy asumiendo sola.
La otra cuestión que me gustaría plantear es la siguiente, cuando compramos la casa, el aportó más dinero que yo (pero somos el 50% en la escritura) , y más adelante durante las reformas también, el motivo de ello, es que tuve trabajos precarios, temporales y nunca pude aportar la misma cantidad que él. El siempre me animó a criar y a disfrutar de nuestro niño. Ahora cuando pensamos en repartir el dice que es de los dos pero me va dar menos porque invirtió más.
Me siente engañada, y con sentimiento de culpa si exijo compensación de gastos de alquiler etc actual y la mitad de la casa en el caso que el se la quiera quedar (que es así).
Un saludo muchas gracias,