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reparto bienes gananciales

1 Comentarios
 
03/02/2004 11:17
Mencia creo que confundes dos cuestiones totalmente diferentes: 1º.- La medida de atribución del uso de la vivienda en razon a la concesión de la custodia de los hijos (art. 96 CC) y 2º.- El reparto de los bienes gananciales.

El juez familiar lo que ha autorizado es que uses de la vivienda familiar (en este caso el ático) en beneficio de la hija menor y, en principio, mientras que la misma esté a tu cargo.
Cuestión distinta es el reparto de los bienes gananciales respecto del cual deberás procurar llegar a un acuerdo justo. Habrá que valorar todos los bienes (dinerario, ajuar, atico y duplex en la playa) y repartir el mismo al 50%. Puede que a la hora de establecer los lotes de bienes existan exceso de adjudicación con respecto a uno de los cónyuges y en detrimento del otro. Tal descompensación se compensará en dinero. También se pueden vender los bienes a un tercero y repartirse el dinero entre ambos. En fin, las posiblidades son infinitas, pero no olvides, y te lo dice un abogado, que el pleito sobre la liquidación y reparto de bienes gananciales por vía contenciosa engendra unos gastos que muchas veces hay que tener en cuenta antes de discutir de forma absurda, alocada o poco racional.
Probablamente tu marido quiera quedarse con el duplex de la playa, adjudicándote a tí el atico y ajuar doméstico (dado que sobre tales bienes tienes atribuido un derecho temporal de uso), compensando en dinero las diferencias que pudieran existir (si es que las hay). Yo, personalmente, no veo mal el acuerdo y además en caso de discusión judicial, vosotros mismos estais desvalorando con gastos innecesarios (peritos, contador-partidor, abogados, procuradores, etc) lo que con tanto esfuerzo os costo en su día adquirir y mantener. Lo anterior es algo que deberás tener siempre presente.
Un abrazo.
Reparto bienes gananciales
03/02/2004 10:15
estoy en trámite de separación y mi problema es el reparto de nuestros bienes. tenemos una niña de 10 años, un ático donde vivimos habitualmente y un duplex en la playa. mi duda es: si legalmente a mi me corresponde la vivienda habitual y la mitad de la casa de la playa, ¿la vivienda habitual es para mi o solo mientras mi hija sea menor de edad? ¿tendría que darle la mitad de su valor a mi "ex" en algún caso? si es así ¿cuand»·pW. Gracias