El caso es. Estoy a punto de casarme con un ciudadano britanico. Y nos casamos en inglaterra.
Yo he adquirido un inmueble (de soltera) en espana, a mi nombre. El tiene, a su nombre, su/s propiedades en su pais de origen. Tenemos dos pequenos ninos en comun. El tiene dos hijas mayor de edad de su anterior matrimonio.
Esta es nuestra situacion actual.
A lo que voy. Nos casamos en dos semanas. Mi duda es, que en el caso que yo fallezca, quiero que MI propiedad en espana quede para mis hijos y para el. El caso, en el supuesto que el falleciera (despues de mi) , no quisiera, que por haber dos hijas de su anterior matrimonio, esta propiedad, llamemosle MIA, haya de repartirse entre sus cuatro hijos...
Espero haberme explicado,
Gracias de antemano,