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Reparar ascensor o cambiarlo, se necesita unanimidad?

42 Comentarios
Viendo 21 - 40 de 42 comentarios
29/05/2007 21:18
una cosa, si en la reunión va el administrador y le comenta a un vecino que ha dicho que no pagaba, a la empresa suministradora del ascensor y dicho vecino lo niega, demostrando que efectivamente es cierto lo que el dice, que no se ha negado a pagar en ningún momento. Tiene el administrador que ponerlo en el acta o se queda ante los restantes vecinos fatal de mal.
30/05/2007 13:34
Hola Foreros ¿Que tal ?.
Hola Juli, yo me decantaría por pedir que Industria extendiera un certificado del estado en que se encuentra el MOTOR Y LOS ELEMENTOS DE SEGURIDAD del ascensor ya sean las alarmar, conesión telefónica, frenos etc.etc., que según y a mi juicio se pueden considerar como OBLIGATORIOS de aceptar su recomposición o cambio.
Pero lo de la cabina si la misma no presenta un deterióro tan evidente que resulte peligroso y que según tú con pintar se solucionaba, se podría considerar con cuestión estética, ya que estamos hablando de tapizados, espejos, cromados etc.
Todo esto salvo mejor parecer de los eruditos del Foro que saben más, no obstante si le hechas una mirada al art. 17-1º en sus parrafos 1º y 2º, de LPH se te pueden aclarar un poco las idéas.
Un saludo.
30/05/2007 21:03
Hola Oleos
En lo de cambiar la cabina, los frenos, el motor, vamos yo a esto para nada me opongo, es necesario hacerlo .
Lo que no veo de logica es que porque quede mas bonito el ascensor, dicen de ultima generación tengamos que quitar las puertas en todos los pisos.
Aparte que es un edificio q tiene como 26 años.
Tendra que estar la comunidad como un mes o mas en obras.
Y encima nos dejaran para los últimos que tienen mucha obra, eso si el pago debemos de efectuarlo ya.
Esta correcto esto?
Lo cierto es que algunos adminsitradores juegan con los intereses de comunidades y cada vez aparecen mas malos que buenos.
hasta luego.
31/05/2007 18:05
estuve por ahi viendo comentarios y aunque al articulo 17 diga que si, el 11 dice que no.
me olvido y acepto el cambio total ?
01/06/2007 21:22
Hola foreros
Comentaros que hoy entre en antena - un programa que se dedica a las comunidades -
y les hice la pregunta del puñetero ascensor.
La respuesta es efectuada por administradores , me dijeron que tenia obligación de adecuar el ascensor con lo que exige el m. de industria, pero lo de quitar las puertas, eso que ya no.
El caso es que todo esta puesto en marcha y no se como actuar.
01/06/2007 22:26
Hola Juli:
Yo tengo una conocida que se llama tambien Juli, y en su bloque hay un ascensor que puede tener los mismos años que el tuyo, te digo esto y con lo que te cuento a continuación creo que te digo lo que debe de pensar, el hijo de esta Juli se cojió el pie entre la cabina y la pared y ha quedado con el pie lastimado para toda la vida, tiene que usar protesis, pregunto ¿ que es mas imprtante, la salud o el dinero?
01/06/2007 22:42
Tener un ascensor que es considerado como un mecanismo que elimina barreras arquitectónicas y hace que el edificio reúna las debidas condiciones de habitabilidad para que después te lastime para toda la vida. ¡Maldita ironía del destino!
Desde luego, lo primero la salud pero si hay que tener un ascensor que te causa esos males, prefiero subir andando.

Las puertas de nuestro ascensor, son mecánicas de esas que se abren desde el centro hacia ambos extremos. Cada vez que se cierran, como no andes rápida, se cierran y te pillan. ¿Esto es normal? No debían tener algún sensor o algo para que frenaran en el momento que detectaran un obstáculo?
No veo normal que se cierren así y nos golpeen.
El ascensor está instalado en el año 2002.

Saludos
02/06/2007 22:30
Hola delpuerto.
para nada tiene que ver el caso que tu cuentas con el mio.
en primer lugar este ascensor ya tiene las puertas exigidas , no quedas en ningún momento en contacto con la pared , me entiendes?
vamos esto ya cuando lo pusieron hace tantos años.
aqui se habla de quitar puertas en pisos, las que comenta audrey que si no te espabilas, te pillan.
Si no tienen sensores ocurre y golpean fuerte.
y que tiene que ver aqui lo que dices si es mas importante la salud que el dinero?
me parece que sobra ,
en la vida lo primero la salud, lo segundo la salud
y lo tercero la salud.
06/06/2007 20:13
En efecto contesté afirmativamente y lo mantengo.

El Tribunal Supremo al referirse a los gastos de sustitución de ascensores ha declarado que deben ser repartidos estrictamente según la cuota de participación e incluso ha declarado que estatutariamente no se puede regular un sistema distinto de reparto al legalmente previsto, lo que significa que para aplicar un sistema de reparto distinto, requiere el consentimiento unánime de todos los propietarios.


El problema lo están causando las Audiencias Provinciales ya que alguna Audiencia aplica el artículo 3 del Código Civil a la hora de interpretar la normativa especial que constituye la LPH.

La mayoría de las Audiencias sigue la doctrina jurisprudencial del Supremo en términos generales, pero existe un supuesto en el que no es así. Cuando los locales no tienen acceso al portal ni al edificio y consecuentemente ni utilizan el ascensor ni tienen llave del portal donde está ubicado el mismo y su instalación tampoco les supone beneficio objetivo alguno, están atemperando dicha obligación de modo que están declarando que en esos casos los propietarios de locales no tienen obligación de contribuir.

Las AP de Valladolid, Vizcaya, Asturias, Barcelona Zaragoza o Madrid son ejemplos de Audiencias de declaran la obligación de los locales a contribuir a la sustitución de los ascensores en TODOS los casos.

Sin embargo Audiencias como la de Salamanca, Alicante, Santa Cruz de Tenerife o Valencia han declarado la no obligación contributiva en el supuesto de que no tengan posibilidad de acceso al portal ni de acceso al ascensor, que es la excepción que apuntaba.

Con la ley en la mano estoy de acuerdo con las Audiencias que declaran la obligación de los propietarios de locales a contribuir.

Éticamente estoy de acuerdo con las Audiencias que declaran que no tienen obligación de contribuir porque no tienen posibilidad de utilizarlos.

¿Qué es más justo? ¿Qué es legal? ¿Quién tiene razón?
08/06/2007 10:25
Éticamente... Éticamente...

" Dime de lo que presumes ... "
08/06/2007 12:58
¿De lo que tú careces?
08/06/2007 16:48
Hola de nuevo:

Quería rectificar pues dije que las puertas del ascensor se abrían del centro hacia ambos extremos y me expresé mal, muy mal; lo que quise decir es que se abren de un extremo hacia el otro lo que pasa es que son puertas divididas en dos paneles como las puertas correderas, entonces cuando se van a abrir se corren los dos paneles a la vez de derecha a izquierda al entrar al ascensor y de izquierda a derecha al salir.
En ambos casos tanto al entrar como al salir como no andemos ligeros y nos descuidemos, es cuando la puerta se nos echa encima.
Aparte de eso, en el ascensor hay dos fluorescentes verticales protegidos por sendas franjas de un material que no es cristal pero que con el tiempo se ha ido oscureciendo por la suciedad, el desgaste y el calor que irradian los tubos fluorescentes.
¿Y qué sucede? Pues que no se ve ni torta.
La iluminación del recinto es muy inferior a la que había cuando se instaló el ascensor.
Todo esto corresponde subsanarlo ¿a quién? a la empresa de mantenimiento, a la Comunidad como gasto aparte llamando a un electricista ...¿o qué?

Saludos
11/06/2007 21:26
una pregunta foreros.
en la comunidad hay una oficina , que esta en el entresuelo , por tanto, el ascensor no tiene parada en el.
sin embargo para la obra que ahora se avecina, esta obligado a pagar algo? me refiero al cambio de ascensor.
por otro lado todos pagamos la misma cuota, excepto un primero que tiene dos habitaciones, y paga la midad de comunidad que el resto. para el tema del ascensor tambien pagaria la mitad?
o tendría que pagar como el resto de los vecinos.
contestarme a las dos. gracias.
11/06/2007 21:39
1º. Según la LPH tiene obligación de contribuir aunque no lo utilice.

2º. Debe contribuir con arreglo a su cuota de participación.
12/06/2007 21:32
DickTurpin
agradezco tu contestación.
Creo entender que te refieres a la oficina, que debe pagar. Es asi?
Y en cuanto al apartamento (mas pequeño que el resto de los pisos) debe pagar la mitad integramente.
Esta en el primer piso.

saludos.
13/06/2007 20:53
no se si me explique
el apartamento paga la mitad de la cuota de la comunidad, el resto de los vecinos no pagamos por coeficientes, sinó todos la misma cantidad, aunque hay pisos de distintos tamaños.
ahora eso de que a la hora de pagar el tema del ascensor pague la mitad, no se. que me decis.
14/06/2007 15:45
Yo carezco de muchas cosas, pero no de vergüenza. Y no entraría a ningún foro a dar la cara por estafadores y psicópatas.

Lo que para ti es un "alto grado de profesionalidad", para los demás es retirarle el pan de la boca a nuestros hijos para dárselo a esa manada de psicópatas con traje, cartera y audi, que por lo visto te caen tan bien.
14/06/2007 20:59
ardilla
a quien te refieres en tus apreciaciones, no entiendo nada a que viene eso.?
y de mis preguntas que contestais

saludos.
15/06/2007 21:10
claro que todos tenemos verguenza y dignidad.
bueno excepto los administradores de fincas, al menos los que yo conozco.
19/06/2007 21:25
DickTurpin
El caso es que fui al administrador y le dije que debia pagar su parte de de ascensor, puesto que es el que tiene el entresuelo. y sabes lo que me dijo que se pasaba la LH por ..........
ante esto y en vista de que el individuo encuestión además de impresentable, es un puente de construcción temeraria, como actuar?