Buenas tardes, queria consultar una clausula que nos puso la inmobiliaria en el contrato y que me está trayendo muchos problemas con el arrendatario sobre las reparaciones. Dice que la parte arrendataria se compromete a reparar por su cuenta las instalaciones, electrodomésticos y servicios en general como desatrancos, contadores, griferia, rotura de ventanas etc de la vivienda. Ademas las labores necesarias de conservacion ordinaria de los elementos.. es decir, si la inquilina quiere un brezo para que no la vess de fuera en el jardin debo ponerselo, si el termo se rompe.. y me exige uno aunque se pueda reparar? Si me exige una secadora no necesaria para la vivienda pero se la deje para que no se comprase otra me puede reclamar secadora? Si quiere qie corte un pino de la comunidad porque le ensucia.. etc. Todo corre a mi cuenta como arrendataria?
Buenos dias, perdon, al dinal del comentario anterior tenia que poner arrendadora. yo soy la arrendadora y en estos dos años creo que me falta ir a ponerle una bombilla solamente