Hola,soy autónomo y en el momento del alta opté por la cobertura de desempleo y accidente de trabajo. Mi actividad es de fotografía, pero ahora no puedo seguir pagando esta pequeña cantidad de mes todos los meses y me gustaría pagar sólo lo mínimo teniendo sólo la cobertura de enfermedad común cubierta y no las otras, ¿qué plazo y docuemntación he de presentar?.Gracias.
No estoy de acuerdo. Esto son los plazos para cambio de bases. Para renunciar a la cobertura de acctidente solo se puede hacer antes del 1 de Octubre de cada año para el año siguiente.
Y veremos si llega a producirse esa opción pues, si se prevé que será obligatorio que todo autónomo que se dé de alta a partir del 1 de enero de 2013 tenga que tener cubierta las contingencias profesionales, la lógica sería que ningún autónomo pudiese renunciar a ellas si ya las ha asumido.