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renunciar como autonomo a la cobertura de desempleo y accidente trabajo

4 Comentarios
 
Renunciar como autonomo a la cobertura de desempleo y accidente trabajo
13/02/2013 19:16
Hola,soy autónomo y en el momento del alta opté por la cobertura de desempleo y accidente de trabajo. Mi actividad es de fotografía, pero ahora no puedo seguir pagando esta pequeña cantidad de mes todos los meses y me gustaría pagar sólo lo mínimo teniendo sólo la cobertura de enfermedad común cubierta y no las otras, ¿qué plazo y docuemntación he de presentar?.Gracias.
13/02/2013 19:23
los plazos son los siguientes:

1.- Antes del 30 de abril y se hara efectivo a partir del 01 de julio.

2.Antes del 01 de Noviembre y los efectos comenzarran el 01 de Enero del año siguiente.

El modelo es el tc4005.
02/05/2013 09:49
No estoy de acuerdo. Esto son los plazos para cambio de bases. Para renunciar a la cobertura de acctidente solo se puede hacer antes del 1 de Octubre de cada año para el año siguiente.
02/05/2013 11:09
Y veremos si llega a producirse esa opción pues, si se prevé que será obligatorio que todo autónomo que se dé de alta a partir del 1 de enero de 2013 tenga que tener cubierta las contingencias profesionales, la lógica sería que ningún autónomo pudiese renunciar a ellas si ya las ha asumido.

Salvo mejor opción.
02/05/2013 14:38
También de acuerdo.
En todo cado. A ver que nos dicen a partir del 2014.