hola se me plantea la cuestion de si una entidad mercantil en el momento de otorgar carta de pago por deuda, si le incluyo la clausula de que las partes renuncian a cualquier otra reclamacion civil o penal que hubiera podido ocurrir con anterioridad, se me exoneraria de poder denunciarme por un posible delito que haya cometido en otro tema con la misma entidad, es decir aprovechando que le pago al banco por un descubierto consigo que no puedan denunciarme por un ilicito penal cometido por mi al mismo banco por otro motivo,muchas gracias