Las reclamaciones salariales, además, tienen un año de prescripción. Aunque pudieras probarlas, por testigos, o algún documento, si ha pasado el año no tienes posibilidad de reclamar.
Habrá que suponer además, que esas diferencias se refieren al primer año en negro, con lo que deben estar prescritas. Hay que reclamar antes.
Hola Karito_ar:
En la tierra, lo que cuenta son los “papeles”, es decir, la acreditación de una prestación laboral (contrato de trabajo, recibos salariales) por cuenta ajena y bajo las ordenes de un empresario. Lo demás son bienaventuranzas (para el cielo) o lo que es igual a cada una de las ocho felicidades que manifestó Cristo a sus discípulos para que aspirasen a ellas.
Lo siento, si no tienes documentación que acredita, no se puede hacer nada.
Saludos.
hace dos años que trabajo (1 en negro y 1 en blanco) mi idea es renunciar pero quiero saber como hago para cobrar todo lo que se me debe (vacaciones horas extras y demas)