Hola, ante todo gracias, tengo más de 4 años en españa, y he realizado mi arraigo social por medio de un contrato de trabajo pero con otra empresa NO con el restaurante, es esa mi razón de renuncia más sin embargo desconozco si tengo derecho a pedir mi liquidación por los servicios prestados a los largo de esté ultimo año.
1.- La no existencia de contrato por escrito no quita que en efecto haya habido relación laboral, teniendo en cuenta los requisitos establecidos en la Ley de Estatuto de los Trabajadores para que la relación sea considerada laboral. Pero ciertamente, ha tenido lugar una infracción administrativa, tanto laboral como a la Ley de Extranjería, pues tanto tus empleadores te daban trabajo sin contar tú con las debidas autorizaciones de residencia y trabajo, como tú mismo, al trabajar, siendo extranjero extracomunitario, sin contar con las debidas autorizaciones.
2.- No dices el tiempo que llevas en España, si llevases un mínimo de dos años, podrías regularizarte por la vía del arraigo laboral, debiendo previamente denunciar la infracción de tus empleadores ante la Inspectoría del Trabajo del lugar en el que vivas y acreditando por cualquier medio admisible en Derecho la existencia de relaciones laborales durante el tiempo que duraron. A partir de la acreditación de esas relaciones laborales, puedes iniciar el procedimiento de arragio y al mismo tiempo las acciones que estimes oportunas en el orden laboral. Sin embargo, si renunciaste, no podrás pedir indemnizaciones ni tendrás derecho a la prestación de desempleo si hubiere lugar a ella.
Hola, busco información a ver si me puedes ayudar...
Hace más de un año que trabajo en un Restaurante, por motivos personales he decidió renunciar por mi propia voluntad, en todo el transcurso de este tiempo no tuve contrato de trabajo ni nada, solo trabajar todos los días posibles, quisiera saber si tengo derecho alguno a reclamar mi liquidación, Vacaciones o cualquier otro beneficio, ¿qué debo hacer? Gracias