Catalunya. Segundas nupcias, ambos cónyuges con hijos, están de acuerdo en la renuncia de cualquier derecho hereditario que les pudiera corresponder en favor de sus respectivos hijos, incluida la legítima.
Se puede renunciar mediante documento público a los derechos hereditarios de cualquier índole entre cónyuges ? O bien se puede redactar un documento de pacto o capitulaciones matrimoniales?
Ambos son económicamente independientes y solventes.
Gracias