Leon, llevas razón en cuanto a lo del regimen solidario cuando se trata de parejas de hecho, matrimonios... pero fuera de estos ámbitos la norma general puede ser la mancomunidad.
Pero teniendo en cuenta tus comentarios habituales en esta materia que se nota que la controlas, los tengo en cuenta.
Saludos cordiales.
Bueno, hay que tener cuidado, porque aunque no se pacte expresamente la solidaridad, la mayoría de los contratos de alquiler en los que firman varias personas son solidarios. No hace falta que se diga expresamente. Si en el contrato no se dice nada sobre "reparto" de uso de habitaciones o algo por el estilo, si cada inquilino no paga por separado, y no digamos si hay alguna relación entre ambos, como por ejemplo si son pareja de hecho o matrimonio, el contrato va a ser solidario, aunque no se haya dicho nada.
La mayoría delos contratos son solidarios,.
La comunicación al arrendador es importante de que le llegue y si es por burofax mejor.
En los arrendamientos en los que figuran varios inquilinos, hay que tener en cuenta algunos matices.
Si en el contrato de alquiler se quedó fijado expresamente de que la responsabilidad era solidaria, en principio en el momento en el que se vaya un inquilino, éste deja de tener vinculación con el contrato, y el otro queda asumiendo solo la responsabilidad frente al contrato, no siendo posible en este caso que el arrendador resuelva el contrato.
Sin embargo, si en el contrato no se hizo constar esa solidaridad, se entiende que es un contrato mancomunado, y al ser mancomunado el contrato puede resolverse por traspaso o cesión inconsentida.
No se como estará redactado su contrato, pero si no se dijo nada, se entiende que es mancomunada, y al irse usted, el arrendador tiene derecho a rescindir el contrato por cesión inconsentida.
Hace un año mi amiga y yo cogimos un piso, del cual nos hicieron un contrato a nombre de las dos. El contrato consta de un año obligatoria del cual se ha cumplido, y automáticamente después de ese año se ha prolongado a tres años más.
Actualmente dejo el piso, ya que me voy a vivir con mi pareja a otro piso, pero mi amiga sigue en ese piso. Los de la inmobiliaria me han dicho que haga una carta donde renuncie al contrato y donde conste que yo ya no vivo en ese piso.
Me gustaría saber que es lo que tengo que poner exactamente en esa carta y que tengo que hacer con esa carta, para que conste como legal, o si es más adecuado que redacte yo misma un nuevo contrato.
Los de la inmobiliaria me han asesorado, pero no estoy nada contenta con el trabajo efectuado en este año y los considero poco profesionales. Por este motivo, para poder desvincularme totalmente del piso, necesito que alguien que me asesore correctamente, ya que no quiero tener ningún tipo de problema en un futuro.