Somos dos socios en una S.L
Tengo 51 % y el otro 44 %
Mi socio quiere renunciar. Cuales son mis obligaciones.
Tengo que darle su parte corespondiente. Como se calcula ?
le recomiendo que hable con un abogado de su zona, que toque temas societarios.
Para valorar las acciones, lo normal es a través de una auditoria, para ver la situación real de la empresa, y a aprtir de alli, ver el valor de la empresa, y este valor dividirlo por el número de participaciones.
Una sociedad no es un trabajo en si al cual se pueda renunciar. Los socios tienen derecho a separarse de la sociedad siempre que concurra alguna de las causas estipuladas por la ley o por los estatutos. Esto quiere decir que si no concurre una causa legal de separación o si la separación de los socios no está contemplada en los estatutos, tu socio no podrá separarse. Eventualmente cabe la opción de que tu compres su parte al precio que libremente acordeis y por tanto no sujeto al valor nominal.
Por otra parte los porcentajes que mencionas no son correctos por ambos sumaríais 95% y en consecuencia falta un 5% mas.
Te recomiendo, como ya he hecho, que veas a tu abogado.