Si no aceptan la renuncia, aconsejo remitir telegrama, burofax... al órgano de dirección de la empresa expresando tal renuncia. Con la copia del documento remitido, acudir a un notario a fin de que levante acta de la renuncia, posteriormente acudir al R. Mercantil y presentar ese acta que, posiblemente, no quieran inscribir, pero cuya resolución denegatoria servirá como prueba de la diligencia del renunciante.
Muchas gracais Caequilius por tu respuesta.
El caso es de una administarción mancomunada de tres socios de una SLL., tal y como consat en la escritura de constitución.
Asi que si aceptan la renuncia no hay problema y lo paga la empresa, y de no ser así lo tiene que pagar el administardor saliente. ¿ conoces más o menos cuanto supondría?
Es que si no se acepta la renuncia y es mucho dinero quizás no pueda renunciar, con lo cual se está obligando a la persoan a asumir unas responsabilidades que no quiere asumir más.
Si el administrador fue nombrado por la empresa, previa reunión del consejo de dirección, del consejo de administración, de los socios... basta que la renuncia la presente el administrador saliente al órgano que lo nombró; este órgano deberá reunirse de nuevo y nombrar a un sustituto, con la obligación de elevar a público el cese y nuevo nombramiento por parte de la empresa, que deberá correr con los gasto. En caso de que la empresa no acepte la renuncia, deberá el administrador saliente acudir al notario, aunque esta escritura de renuncia no podrá acceder al registro mercantil por cuanto el saliente ha dejado de tener representación en la empresa y no puede, en consecuencia, actuar en nombre de la misma para inscribir su renuncia en la hoja de la sociedad abierta en el R. Mercantil. No obstante, le servirá de prueba a fin de asumir responsabilidades solo hasta el momento de la escritura.
Salu2