Un empleado después de un accidente lleva casi 18 meses de baja, va a ser dado de alta en breve y tiene derecho a disfrutar las vacaciones que le corresponderían del año pasado. El trabajador quiere renunciar a las vacaciones del año anterior sin compensación económica alguna ¿puede hacerlo?. Gracias.
En principio el trabajador no puede renunciar a sus derechos. Existe un principio de irrenunciabilidad de derechos y cualquier pacto que vulnere este principio será nulo.